Amortización bienes mobiliarios
En una revisión de la declaración de renta, me indican que no puede considerarse para desgravar la amortización de bienes mobiliarios adquiridos antes de los años en los que ya hay ingresos por alquiler.
El sentido comun me hace dudar, ya que si voy a poner un inmueble en alquiler, primero lo tendre que equipar y después se producirán los ingresos.
Incluso aunque hayan transcurrido años desde la adquisición de bienes muebles (electrodomesticos, etc.), en el momento que se ponen a disposición del arrendatario TIENEN UN VALOR QUE SE VA DEPRECIANDO (llamado amortización), por lo que no entiendo esta aseveración de que no pueda incluirse.
Cabe decir que en el contrato se indica el inventario de los mismos, es decir que no hay picaresca posible.
De todas formas como soy profano en la materia y solo he intentado aplicar la normativa a mi buen entender, agradecería que si alguien mas versado me de su opinión al respecto. Muchisimas Gracias.