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Consulta: Liquidación de recargos por presentación fuera de plazo de declaraciones y autoliquidaciones

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Consulta: Liquidación de recargos por presentación fuera de plazo de declaraciones y autoliquidaciones
Consulta: Liquidación de recargos por presentación fuera de plazo de declaraciones y autoliquidaciones
#1

Consulta: Liquidación de recargos por presentación fuera de plazo de declaraciones y autoliquidaciones

Buenas compañeros Foreros, tenía una consulta sobre los plazos del procedimiento de asunto.

Resulta que tras presentar una declaración complementaria, el día 18/7 se me notifica el inicio del procedimiento de Liquidación de recargos por presentación fuera de plazo de declaraciones y autoliquidaciones.

Se me hace la propuesta de liquidación y IMPORTANTE, se acompaña el siguiente texto:

"Durante 15 días hábiles a partir del día siguiente al de recepción de este escrito (no se computan ni los
domingos ni los festivos) puede consultar el expediente en esta oficina y alegar lo que entienda conveniente,
así como aportar todos los documentos, justificantes o cualquier otra prueba que considere oportuna para
la defensa de sus derechos. A estos efectos puede utilizar, si lo desea, el modelo que se adjunta. Las
alegaciones y documentos o justificantes podrán ser remitidos a esta oficina o presentados mediante
comparecencia personal en la misma y, en caso de disponer de certificado o DNI electrónico, también a
través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, a la que puede acceder desde el portal de la Agencia
Tributaria en Internet (www.agenciatributaria.es) o directamente en www.agenciatributaria.gob.es, en la ruta:
Trámites destacados / Presentar documentación relacionada con una notificación recibida de la AEAT,
identificando el nº de certificado que figura en la parte superior derecha de este documento.
Una vez finalizado dicho plazo y estudiadas las alegaciones y pruebas aportadas, en el supuesto de que
finalmente proceda exigir el recargo, se le notificaría la liquidación correspondiente junto con la carta de pago
a fin de poder efectuar el ingreso a partir de la recepción de la misma".

Al no tener nada que alegar, no respondo y quedo a la espera de la carta de pago.

Pero aquí viene mi consulta.

1-En este procedimiento se me indica que hacienda tiene 6 meses para dictar resolución.

2-Llega septiembre y Hacienda no me ha notificado nada más.

3- El 5/09 Yo cojo el modelo de instancia que se me facilitó en la notificación y electrónicamente la mando a hacienda indicando ahora si que no pienso hacer alegaciones.

4- EL día 23/01/2014 me mandan la carta de Pago.

La Pregunta es: hacienda ha tardado más de 6 meses en cerrar el procedimiento que inició. Puedo recurrir?

O el haber mandado esa carta (aun sin alegaciones), fuera del plazo de 15 días que me daban, ha interrumpido el plazo?

Gracias a todos!

#2

Re: Consulta: Liquidación de recargos por presentación fuera de plazo de declaraciones y autoliquidaciones

En cualquier caso, lo mas que puedes recurrir es alegar que el procedimiento ha caducado, y obligarles a que inicien otro; lo normal es que lo hagan y ya está, salvo que esté próximo el período de prescripción y haya que discutir si ha prescrito o no. Habría que ver si tu contestación interrumpe el plazo de prescripción, que puede que sí, lo único que ganarías sería tiempo al volver a pasar todos los trámites.

Un saludo