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Impuesto Transmisiones

15 respuestas
Impuesto Transmisiones
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#9

Re: Impuesto Transmisiones

Esta semanan ha llegado la contestacion de mi novia y una carta reclamandome a mi el 50% restante.

En la contestación al recurso nos dicen que se procederá a realizar una tasacion pericial.

Esta tasación nos ha dicho el asesor que nos va a costar mas de lo que nos vamos a ahorrar, así que he ido hoy para solicitar el pago en 3 meses del 50% de mi novia.
Ahora a esperar que contesten a mi recurso y luego presentar el fraccionamiento.....

Un saludo a todos!!!!!!!!!!!!

#10

Re: Impuesto Transmisiones

Sentencia extraída de esta web. También hay un enlace a otra sentencia del TEAC

http://contencioso.es/2010/09/16/liquidaciones-de-infarto-las-complementarias-de-transmisiones-patrimoniales/

Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León de 28/7/2010 (rec.1028/2005)

« Por el contrario, la comprobación de valores debe ser individualizada y su resultado concretarse de manera que el contribuyente, al que se notifica el que la Administración considera valor real, pueda conocer sus fundamentos técnicos y fácticos y así aceptarlos, si llega a la convicción de que son razonables o imposibles de combatir, o rechazarlos porque los repute equivocados o discutibles y en tal caso, solo entonces, proponer la oportuna tasación pericial contradictoria a la que también tiene derecho. Obligar al contribuyente a acudir a la referida tasación pericial, de costoso e incierto resultado, para discutir la comprobación de valores cuando ni siquiera se conocen las razones de la valoración propuesta por la Hacienda, colocaría a los ciudadanos en una evidente situación de indefensión frente a posibles arbitrariedades o errores de los peritos de la Administración, a cuyas tasaciones no alcanza la presunción de legalidad de los actos administrativos, porque las peritaciones, aunque las practique un funcionario , son dictámenes, a lo que hay que añadir que la tasación pericial contradictoria es un último derecho del contribuyente y no la única manera de combatir la tasación comprobadora de la base realizada por la Administración, que antes ha de cumplir con su obligación de fundar suficientemente los valores a los que ha llegado, sin que el sujeto tributario venga obligado, por su parte, a acreditar el error o la desviación posibles de la Hacienda Pública cuando no conoce una justificación bastante de aquellos nuevos valores, pues en esta materia la carga de la prueba delartículo 114 de la Ley General Tributariarige tanto para los contribuyentes como para la Administración, tanto en vía administrativa como jurisdiccional. En igual dirección, ha afirmado el Tribunal Supremo, por ejemplo en su sentencia ya mencionada de 12 de noviembre de 1999, que “la comprobación de valores debe ser individualizada“, que los Peritos de la Administración deberían facilitar a los órganos administrativos y judiciales los antecedentes de hecho suficientes para admitir o rechazar las valoraciones, “comprobando en cada caso los inmuebles que valoran y procediendo a su descripción” o, en fin, que es necesario, para poder entender motivada la valoración, “fundar y explicar los criterios concretos que justifiquen, caso por caso, el que se considera valor real”. En el mismo sentido, debe destacarse que la sentencia del Tribunal Supremo de 4 de diciembre de 1993 también rechaza la mera mención a los precios de mercado en la comprobación de valores efectuada por la Administración, sin expresarse cuáles son esos precios y si ellos se refieren a inmuebles sustancialmente iguales o con circunstancias parecidas. TERCERO.- Teniendo en cuenta lo expuesto, se aprecia esa falta de adecuada motivación alegada por la parte recurrente en la valoración efectuada por la Administración Autonómica pues se eleva la base imponible en el Impuesto que aquí interesa con arreglo a unos informes técnicos en los que se alude a unos precios de mercado que se dicen obtenidos de estudios realizados por la Administración pero que no constan en el expediente, ni siquiera los datos esenciales de los mismos respecto del inmueble de que se trata, que es donde deberían estar para que la interesada pudiera considerar justificada esa valoración o, en caso de no estar de acuerdo, promover la oportuna tasación pericial contradictoria. La necesidad de que consten en el expediente esos estudios, o sus datos esenciales, también se pone de manifiesto para que pueda comprobarse la corrección o no de los pasos seguidos por la Administración para llegar, a partir de ellos, a la concreta valoración del bien litigioso. »

Si el recurso es viable que los expertos te digan como proceder.

#11

Re: Impuesto Transmisiones

Consulta precios de tasadores, puede que no te salga tan caro, y además, como han dicho, solo por solicitarla, te la tienen que valorar otra vez, y la suelen bajar, luego puedes desistir de la tasación y te deben aplicar ese valor.

Un saludo

#12

Re: Impuesto Transmisiones

Todo eso está muy bien, pero hay que tener en cuenta que la Administración va a confirmar sus valoraciones hasta que un tribunal le diga lo contrario, vamos que o recurso económico-administrativo hasta el final o nada.

Un saludo

#13

Re: Impuesto Transmisiones

Lo primero, eso no es un recurso, es una contestación al trámite de alegaciones, donde tienen que anular, modificar o confirmar la propuesta. Si se confirma, sale la liquidación, que es contra la que hay que recurrir o iniciar la tasación pericial.
Y el perito de la administración no lo pagas en ningún caso tú, tu pagas el tuyo y el perito tercero si llega el caso y se cumplen unas circunstancias

Un saludo

#14

Re: Impuesto Transmisiones

Buenas compañeros!!!

Ya terminamos de liquidar el ITP que nos solicitaba hacienda.
Pero gracias al recurso que presentamos a principio de año, hoy hemos recibido mi novia y yo dos cartas de haciendo, con la tasacion pericial que solicitamos.

Bien, de los 184.000€ originales, ahora nos bajan a 152.000€.
Mañana me acercaré a hacienda para presentar la reclamación y que nos devuelvan el dinero (800€, 2,5% de 32.000€).

Ya os comentaré como termina el tema y sobre todo cuando termina.

#15

Re: Impuesto Transmisiones

Entiendo que esa bajada ha sido sólo por solicitar la tasación pericial o presentar el recurso, sin haber presentado vosotros otra valoración adicional ¿no?. Está muy bien, se acerca mucho a la tasación hipotecaria, que era el objetivo.

Un saludo

#16

Re: Impuesto Transmisiones

Presentamos un recurso adjuntando la tasacion hipotecaria, nos contestaron al de un tiempo que harian una tasacion pericial y hasta ayer.

La verdad que la cantidad es muy parecida al valor que dio el tasador del banco.

Un saludo.