Dentro de las dos opciones que planteas (inferior o superior al año), no hay un porcentaje único.
Las ganancias de más de un año, se integran en la base liquidable del ahorro. Todas las rentas que tengas en este apartado tributan:
-Hasta 6.000 euros, al 21%.
-De 6.000,01 euros a 24.000 euros, al 25%.
-Más de 24.000 euros al 27%.
Eso no quiere decir que si tienes unas ganancias de 25.000 euros el total tributaría al 27%. Parte lo haría al 21% (6.000 euros), parte al 25% (18.000 euros) y solamente el exceso de 24.000 euros (1.000 euros), lo haría al 27%.
Y si las ganancias son por compraventas inferiores al año, se integran en la base liquidable general. Dependiendo de tus otros ingresos (de trabajo personal, actividades empresariales, rentas de alquiler...), tributarán a un tipo más o menos elevado. Varía entre el 24,75% y más del 50% dependiendo de su importe y de la comunidad autónoma donde residas.
Saludos.