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Complementaria atrasos rendimientos del trabajo por causas no imputadas al trabajador

2 respuestas
Complementaria atrasos rendimientos del trabajo por causas no imputadas al trabajador
Complementaria atrasos rendimientos del trabajo por causas no imputadas al trabajador
#1

Complementaria atrasos rendimientos del trabajo por causas no imputadas al trabajador

Buenos Días,
Tengo las siguientes dudas, he recibido atrasos devengados en el ejercicio 2011 y que la empresa por falta de liquidez pago en 2012. Estando en plazo de renta 2012 la técnica de haciendo, afirmo que no hacía falta hacer complementaria, que presentara un escrito para que revisaran la renta correspondiente a 2011 y de esa forma me harían llegar la liquidación. Ahora, ya fuera de plazo, me entero que el escrito lo han denegado pero no me han hecho llegar ninguna notificación en plazo de renta 2012. Por lo que si ahora presento complementaria, me cobrarán recargo e intereses de demora por presentación fuera de plazo ¿No? ¿También sanción? O sin requerimiento de hacienda no hay sanción ( puesto que mi conducta en ningún caso ha sido dolosa)

¿Qué me recomendáis?
Hacer la complementaria o esperar a que me requiera Hacienda. ¿Si presento la complementaría, puedo presentar alegaciones aunque pague recargo del 5%?
¿Sabéis si existe alguna consulta de DGT dónde se de algún caso parecido?

#2

Re: Complementaria atrasos rendimientos del trabajo por causas no imputadas al trabajador

Lo procedente para cuando se cobran atrasos es presentar una complementaria. El plazo es el de finalización del siguiente e inmediato periodo de declaraciones. Eso finalizaba el 1 de julio de este año, según parece.
Hasta esa fecha la complementaria es sin recargo o intereses de demora.
Pasada esa fecha, hay recargo e intereses.
Si presentas tú voluntariamente la declaración complementaria, no ha lugar a posibles sanciones.
Si es hacienda quien te lo reclama, además de los recargos e intereses, peude haber sanción.
Lo que te pueda decir un empleado de hacienda verbalmente no tiene ningún valor, más que la mera opinión de alguien con más o menos capacidad. Lo único que es vinculante son las respuestas, por escrito, a peticiones y consultas formales.
Si ya sabes que te corresponde hacer la complementaria, cuanto antes la hagas, mejor para ti.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Complementaria atrasos rendimientos del trabajo por causas no imputadas al trabajador

Muchas gracias por tu respuesta. Mi duda es si hacienda tiene la obligación de comunicarme una respuesta al escrito presentado (e indicado por el técnico de hacienda) en plazo ( antes de julio de este año), ya que no me ha comunicado nada en plazo de renta 2012, he sabido que ha sido rechazado a través de otra vía, y por tanto ahora tengo que pagar un recargo.

Por otro lado, ha pasado 1 mes desde que la tenía que presentar. Al no pasar más de 12 meses no tiene intereses de demora, ¿no?