Intereses deducibles por multas
Recibí en 2012 una paralela que acabó en multa e intereses de demora. ¿Son deducibles estos intereses de demora? Dado que dichos intereses no tienen sentido sancionador en la ley, sino indemnizatorio, ¿deberían serlo?. He preguntado a la Agencia Tributaria y tras dudas y consultas su contestación es que no son deducibles porque no hay casilla en el modelo para incluirlos. Yo creo que si que lo son pero no se como incuirlos en la declaración. Alguien puede ampliar este tema ¿Estoy en lo correcto?
Shikaneder