Prestación Mutua de accidentes de trabajo - irpf
Buenas tardes,
necesito orientación para declarar una prestación que recibí como accidente de trabajo por importe de 2.200 euros; me viene en el borrador como un rendimiento de trabajo, sin aplicar retención, y con una reducción de 300 euros.
Mi duda está en si esta figura se consideraría como un segundo pagador, pues la suma de mis ingresos en mi trabajo (que es mi primer pagador) junto a esta prestación (segundo pagador?) no llega a los 22.000 euros, requisito para estar obligado a presentar la declaración.
Entiendo que si esta prestación se considerara segundo pagador, ya si estaría obligado pues el baremo baja a 11.200 euros y de mi segundo pagador (si así fuera) recibo más de 1500 euros; de aquí me surge otra duda, pues la ley indica:
1.º Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador. No obstante, el límite será de 22.000 euros anuales en los
siguientes supuestos:
3.º Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
¿se podría encuadrar mi prestación en este apartado 3º?
Agradezco de antemano vuestros comentarios y ayuda.