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Estado Civil ante la AET

4 respuestas
Estado Civil ante la AET
Estado Civil ante la AET
#1

Estado Civil ante la AET

Buenas Tardes : me dirijo a Vds con la intencion de que si me pudieran sacar de esta duda con referencia a la situacion del estado civil en la declaracion les explico :
1-- En el año 1998 mi esposa y yo nos separamos mediante resolucion judicial y por convenio regulador tenia una retencion por "cantidades sastifechas por anualidades de alimentos en favor de los hijos por resolucion Judicial " la cual me la descontaban en mi trabajo y con certificado las deducia en las declaraciones.

2-- Posteriormente AL CABO DEL TIEMPO NORMALICE LA situacion y decidimos mi mujer y yo ANULAR la separacion ( NO LLEGAMOS A DIVORCIARNOS )con lo cual volvimos al estado de casado como asi se refleja en asiento del Registro Civil ,pero a mi me seguian descontando las anualidades por alimento ( y claro la verdad me convenia en las declaraciones ) pero para no tener problemas en el futuro por mas veces que hablaba con mi abogado para pedirle que elevara un escrito al juzgado para anular es retencion de mi nomina ,pasab y pasaba el tiempo ,hasta que por fin lo consegui y a partir de ahi en las declaraciones poni mi estado civil casado, aunque en el borrador me llegaban como separado,a partir de eso solo hago elprograma PADRE y cambio el estado civil.
3--- Y ya termino ,mi pregunta ¿Como puedo resolver esto sin tener problemas,o en un futuro si relleno el Modelo 30 tendria
problema con la AET ? Como quedaria mi situacion ante la AET O SI ME PODRIAN RECLAMAR LAS CANTIDADES QUE HE DEDUCIDO EN EL PERIODO DESDE QUE NORMALICE MI SITUACION HASTA QUE EL ABOGADO ARREGLO LO DE LOS DESCUENTOS EN MI NOMINA ANTE EL JUZGADO DANDOS LA CIRCUNSTANCIA QUE CIVILMENTE ESTABA YA CASADO PERO ME SEGUIAN RETENIENDO.
Gracias y a ver si me podeis dar akguna solucion

#2

Re: Estado Civil ante la AET

Bienvenido a Rankia,

Se trata de un caso muy concreto, y creo que tu asesor fiscal podrá resolverte esta duda mejor que cualquiera. El caso es que tu te deducías por la anualidad de alimentos, cuando realmente no estabas pasando las anualidades y por tanto no tienes ninguna documentación que lo acredite pero a la vez ponías tu estado civil como casado. Supongo que si la Agencia Tributaria te reclama una documentación sobre las anualidad, como no la tienes que hará que devuelvas la deducción, no hay más.

Un saludo.

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#3

Re: Estado Civil ante la AET

Buenas Tardes Amparo : Gracias por responderme ,creo que tengo que aclarar algo o no me he expresado bien :
1. Estas retenciones por anualidades de alimentos en favor de los hijos por decision Judicial si han venido reflejada en las nominas mensuales del trabajo-
2- Todos los años solicitaba un certificado al trabajo del importe anual de esas cantidades
3- Al año de presentar la separacion volvi a convivir,pero sin arreglar el estado civil (condicion de separado)el cual al cabo de unos tres o cuatro año,creo quu fue,hable con mi abogado y se cambio en el Juzgado y su anotacion en el Registro Civil.
4- ME SEGUIAN DESCONTADO TODAVIA EN NOMINA ,hasta que aburrido y tras tanto intentos conseguir que mi abogado hiciera los tramites en el juzgado para anular esas retenciones
Amparo creo que ahora he sido mas explicito.Gracias y un saludo

#4

Re: Estado Civil ante la AET

Si, ahora todo más claro ;)

Si ha sido este año 2012 el que te han anulado las retenciones por las anualidades de alimentos en favor de los hijos, deberás tributar por ellas en la parte proporcional que te hayan retenido. Si la Agencia Tributaria te pide documentación tienes el certificado que lo indica, así que no hay más problema.

Un saludo.

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#5

Re: Estado Civil ante la AET

Muchisimaaaaaaaaaas Gracias ,con referencia al año en que finalizo la retencion fue a mediado del año 2011.Un saludo y de nuevo muchisimas gracia de todo corazon Te debo una