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Deducciones por piso alquilado

5 respuestas
Deducciones por piso alquilado
Deducciones por piso alquilado
#1

Deducciones por piso alquilado

Buenas tardes.
Tengo unas dudas sobre las deducciones del alquiler.
He tenido alquilado en 2012, durante los 4 ultimos meses una casa que recibí en herencia.

1- Puedo deducir los gastos de la herencia (gestor,notario etc)?
2-He de deducir el recibo entero del ibi (170€), o bien , he de prorratear ese recibo por los meses que ha estado alquilado?

muchas gracias

#2

Re: Deducciones por piso alquilado

Las rentas a declarar son las cobradas en el 2012. Si con anterioridad esta vivienda era de tu titularidad, por los meses sin alquiler tendras de declararlo como renta imputada ( A disposición del titular).

Como Gastos deducibles , estos serán en proporción al periodo del año alquilado 4/12 de los siguientes Gastos : IBI -Tasas - Comunidad Propietarios - Seguros -Amortización 3% sobre valor catastral edificación (no suelo) -.

Si se ha tenido que hacer reparaciones o adecuaciones para alquilar la vivienda , estos gastos también serán imputados en su totalidad, con ciertos limites fiscales.

Si el inquilino tiene esta vivienda como domicilio habitual (no temporada) sobre el NETO podrás aplicar una reducción del 60% y si es menor de 30 años del 100% siempre que tenga rentas superiores al IPREM.

Saludos

#3

Re: Deducciones por piso alquilado

Buenos días, Lunatico

Con respecto a la deducción del 3% sobre el valor catastral del suelo, que requisitos hay que cumplir? He leído el manual pero no me termino de aclarar. No se si depende del tiempo de edificación, es decir ¿sería una símil de "amortización" del suelo?. Si es una edificación con mas de 25 años , por ejemplo, también sería de aplicación.......

SL2 y gracias de antemano.

#4

Re: Deducciones por piso alquilado

Es un gasto genérico que no tiene condiciones, contablemente es una anomalía, ya que un inmueble alquilado desde su entrega, puede haberse amortizado el valor edificable con toda certeza a los 33 años.

Pero está así establecido para evitarse difíciles comprobaciones y cuyo efecto fiscal es muy poco significativo.

En pura teoría fiscal , cuando un contribuyente que ha tenido un inmueble en alquiler y se ha aplicado estos gastos, lo vende , el valor de adquisición es minorado en los importes amortizados , para ello el PADRE habilita unas casillas a cumplimentar con estos datos.

Saludos

#5

Re: Deducciones por piso alquilado

Muchas gracias por aclararme estas dudas

#6

Re: Deducciones por piso alquilado

Muchíiiiisimas gracias Lunatico, me has resuelto una gran duda, mas bien una incógnita, ya que contablemente no soy capaz de entender lo que fiscalmente entiendo en el manual.

Que avispado es el Fisco, lo que son capaces de desarrollar, informáticamente hablando, para así aumentar y controlar la plusvalía en la operación de venta. Lo tendré en cuenta para la hipotética venta del inmueble, gracias.

SL2 cordiales.