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Consulta sobre conceptos en nómina que no cuadran.

7 respuestas
Consulta sobre conceptos en nómina que no cuadran.
Consulta sobre conceptos en nómina que no cuadran.
#1

Consulta sobre conceptos en nómina que no cuadran.

Buenas noches Rankian@s.

Os traslado una duda sobre la nómina de un contrato a TIEMPO COMPLETO, de tipo 402 (Eventual por circunstancias de la producción), en donde ser observa que hay dos conceptos que no coinciden en importe:

- "Base de cotización por contingencias comunes", 712,44 euros.

- "Base de cotización por contingencias profesionales (A.T. y E.P.) y conceptos de recaudación conjunta (Desempleo, Formación Profesional y Fondo de Garantía Salarial)", 753,00 euros.

Hay una diferencia de 40,56 euros.

Tenía la creencia ( ¿ equivocada ? ) de que ambos importes siempre coincidían. ¿ A qué puede deberse esta diferencia ?

Gracias.

#2

Re: Consulta sobre conceptos en nómina que no cuadran.

¿Tienes en nómina algún concepto cobrado por horas extraordinarias?

Saludos.

#3

Re: Consulta sobre conceptos en nómina que no cuadran.

Buenas Empty.

No, ninguno.

No aparece nada en el apartado de "Devengos", en "Horas extraordinarias". Y tampoco en "Base de cotización adicional por horas extraordinarias".

#5

Re: Consulta sobre conceptos en nómina que no cuadran.

Gracias por la referencia Empty.
Según observo en el desglose del apartado de "Devengos":
- Salario base: 610,00
- Prorrata: 101,67
- Diferencias: 0,77
Esto suma la cifra ya mencionada de 712,44 euros. Que no alcanza, según la información del enlace que has mostrado de la Seguridad Social, el mínimo de 752,85 euros que se ha establecido según el SMI para el año 2013. ( == (SMI * 14) / 12 ).
El hecho de tratarse de un contrato de sólo 6 meses no introduce ninguna novedad sobre dicho mínimo, que entiendo sería exigible por parte del trabajador. ¿ Son correctas mis conclusiones ?
Saludos.

#6

Re: Consulta sobre conceptos en nómina que no cuadran.

Bajo mi punto de vista, el desglose debiera de ser si has trabajado el mes completo:

-Salario base: 645,30 euros.

-Prorrata paga extra: 107,55 euros.

-Total devengos: 752,85 euros.

-Base contingencias comunes: 753 euros.

-Base contingencias profesionales: 753 euros.

El salario base, debe de ser el SMI. Como tienes contrato por seis meses, te corresponde una paga completa de las dos extraordinarias, que prorrateada en los seis meses: 645,30/6 = 107,55 euros.

En las bases (comunes y profesionales), deben aplicar el mínimo que es 753 euros.

Saludos.

#7

Re: Consulta sobre conceptos en nómina que no cuadran.

Hola Empty,

Una pregunta para entender mejor las nóminas. Si hubiera horas extra, entonces no se sumarían a la bcc y bcp, no? Por lo tanto, entiendo que se cotiza menos a la SS en porcentaje? Y los bonus o retribuciones variables o complementos, se comporta igual que las horas extra? (pero sin límite, claro)

Al final, quiero entender si compensa y a quien (empresa/trabajador/SS) asignar más o menos al salario base y meter mas complementos. Sobretodo pensando en una microempresa, dónde no hay rivalidad entre trabajador y jefe jeje, sólo buscar lo mejor para ambos :P

Muchísimas gracias por tus aportes, que sepas que si un mensaje viene firmado por tí ya lo leo con más atención :)

#8

Re: Consulta sobre conceptos en nómina que no cuadran.

Para calcular las bases por contingencias comunes, se suman todos los conceptos retributivos que comprenden la nómina, exceptuando los devengados por horas extraordinarias. Hay alguna excepción, en cuanto hay normas específicas para calcular las retribuciones que se perciban en especie y algunos rendimientos que están exluídos (en todo o en parte), como pueden ser las dietas y los gastos de locomoción.

Para calcular las bases por contingencias profesionales, tendremos que añadir a la de contingencias comunes, lo percibido por horas extraordinarias si las hubiere. Por tanto, es muy posible que ambas bases coincidan.

Sobre la base de contingencias comunes, se aplica el porcentaje correspondiente.

Sobre la base de contingencias profesionales, se aplica el porcentaje para "Desempleo" y para "Formación profesional".

Y sobre la cantidad percibida por horas extraordinarias, se aplica su propio porcentaje de cotización.

Por tanto, el salario base y los complementos (cualquiera que sea su forma), forman parte de las dos bases de cotización.

Saludos.