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Una pregunta sencilla... para ratificación

2 respuestas
Una pregunta sencilla... para ratificación
Una pregunta sencilla... para ratificación
#1

Una pregunta sencilla... para ratificación

Hola. Lo tenía claro en tiempos, pero me surge la duda y necesito resolverla urgentemente.

La venta de un fondo de inversión colectiva (fondo), produce una ganancia/pérdida patrimonial, sujeta a retención en su caso ¿no es así?.
Y la venta de Acciones también produce ganancia/pérdida patrim. (pero no sujeta a rentención).

Por tanto, en la renta PUEDEN COMPENSARSE GAN/PERD DE AMBAS ¿ES ASÍ?
O SEA LAS ACCIONES PUEDEN COMPENSARSE CON LOS FONDOS

Creo que es correcto, pero me gustaría me lo ratificarais.
Muchas gracias (y perdón, sé que se habrá tratado, pero no puedo estar buscando ahora)
Saludos cordiales

#2

Re: Una pregunta sencilla... para ratificación

Correcto es asi , hasta el 01-01-2013 , donde se diferenciaran las Plusvalias/Minusvalias con periodo de generacion inferior al año , que se integran en la Base General y seran compensables entre si las del mismo periodo de generacion. Las de periodo de generacion superior al año seguiran como hasta el momento en la Base del Ahorro y se compensaran entre si las que superen el periodo de generacion del año.

Saludos

#3

Re: Una pregunta sencilla... para ratificación

Muchas gracias por la confirmación Lunático.
Un saludo cordial.

No nos abandones (después de o saber nada de Alrodrigo, ¿qué sería de nosotros sin tí y un par de ellos más?
Repito mi agradecimiento y mi saludo.

HILO CERRADO POR MI PARTE