En un supuesto de que se done un piso a un hijo, por ejemplo en Cataluña el que recibe la donación tiene que pagar a hacienda el 5% si el valor del piso esta valorado en menos de 200.000. Pero el año siguiente el Padre (Donante) tiene que pagar a hacienda (Transmisión de bienes patrimoniales creo que se llama) un tanto por ciento de la diferencia que le costo el piso y lo que vale ahora. Supongo que hay unas reducciones si el piso a donar es de hace mas de 20 o 30 años. Mi pregunta es ¿qué reducción aplican y que porcentaje final tendría que pagar el donante? Supongamos que la diferencia entre lo que le valió el piso y lo que vale ahora en la donación es de 50.000€.
El hijo, como bien dices, tiene que pagar el Impuesto de Donaciones. El padre tendrá que declarar en el IRPF una ganancia patrimonial por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor declarado en el Impuesto de Donaciones.
Puedes, para hacerte una idea, hacer una simulación con el programa PADRE 2011, en la página 9 (IV). Tienes que introducir el valor de transmisión (el declarado en Impuesto Donaciones) y el valor de adquisición (valor de compra del inmueble). El programa se encarga de actualizar este último valor dependiendo del año de adquisición.
Saludos.
El programa padre es un caos y no hay quien lo entienda. No hay algun sitio de la web de AEAT donde diga que porcentaje se lleva hacienda para un piso comprado hace mas de 20 años y que vas a donar a hijos. Si el piso es de hace mas de 20 años sale una diferencia muy grande y si hacienda te pide un 20% como he leido por ahi en impuesto el estado se va a comer 1/4 del valor del piso ¿ Puede ser que hacienda sea tan ladrona ? ¿No hay una reducciones por los años que has tenido el piso ?
Pero si el programa te lo hace el solo. No tienes que calcular nada....Y sí hay reducciones.
Saludos.
Si te gusta más leerlo:
Página 323 y siguientes.
Y ten en cuenta que el tipo de gravamen es el de la base imponible del ahorro: 21%-25%-27% (hasta 6.000, de 6.000 a 24.000 y más de 24.000)
Saludos.
Vaya tocho !! No entiendo casi nad, me lo tendre que leer con mas detenimiento. O volver a meter los datos en el programa padre de la renta a ver. ¿ Quieres decir que si el piso donado encima algun año se ha puesto en alquiler vale mas ?
Como ya te aconsejé, lo más sencillo es el programa PADRE. Ten en cuenta además que la ganancia patrimonial, no tributa a un tipo fijo, sino que lo hace junto a los intereses de los depósitos, las ganancias de acciones, los dividendos de acciones...
Como ya te indiqué en comentario 5, hasta 6.000 euros, tributarían al 21%; de 6.000 euros a 24.000 euros, al 25%; más de 24.000 euros al 27%.
Si el piso ha estado alquilado y se han realizado amortizaciones, efectivamente minoran el valor de adquisición, por lo que los cálculos se pueden hacer interminables.
Por lo tanto te sigo recomendando el programa PADRE (con tiempo y calma porque funciona de maravilla) que te va a quitar mucho tiempo de calculadora.
Saludos.
Vamos que si la diferencia entre compra y valor catastral actual de ahora es mayor de 24000 euros hay que pagar de entrada un 27% de IRPF. La duda en el caso mas favorable de cuanto se puede reducir ese 27% porque no es logico el mismo trato que a un señor que compre un piso para especular a los 3 años venda piso, y otro que ha tenido un piso toda su vida tenga luego que pagar un IRPF que se lleva 1/4 del valor de un piso que encima es una donacion a un hijo con necesidad de vivienda. Me parece un Robo de Hacienda descarado. No solo los bancos son unos chorizos sino que el estado tambien se apunta a la moda del chorizeo.