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Donación con usufructo y posterior venta sin usufructo

2 respuestas
Donación con usufructo y posterior venta sin usufructo
Donación con usufructo y posterior venta sin usufructo
#1

Donación con usufructo y posterior venta sin usufructo

Buenos días.

Hace unos años mi padre me donó una finca, pero quedandose el con el usufructo. Es decir, esa finca estaba alquilada y pagaba él el IBI, luz, algua, etc. y por supuesto era él el que cobrara el alquiler y lo declaraba a hacienda.

Hace cuatro años mi padre renunció al usufructo y por tanto pasé a pagar yo todos los gastos, a cobrar el alquiler y declarar todo de forma legar en hacienda.

Resulta que el año pasado vendí la finca y ahora que tengo que hacer la declaración de la renta me surge una duda:

¿Que valor de adquisición he de poner en la declaración? ¿El primer valor cuando mi padre me dono la finca pero se quedo con el usufructo o bien el valor cuando renunció al usufructo años más tarde?

Muchas gracias por la ayuda.

Un saludo.

#2

Re: Donación con usufructo y posterior venta sin usufructo

Entiendo que cuando dices "renuncio al usufructo" es porque se tramito la renuncia del usufructo mediante escritura y tributacion del ISD.

El valor de adquisicion de esta finca , tiene dos fechas y dos valores;

a)- Cuando la donacion de la Nuda Propiedad , con el valor que aparece en las escrituras y por el que se liquido el ISD.

b)- Cuando la renuncia del usufructo y adquiriste la Plena Propiedad, con el valor que se dio en ese momento a este usufructo y por el que se liquido el ISD.

Si esta ultimo acto , no esta realizado , debes consultarlo con un notario que solucion se le da a esta omision.

Saludos

#3

Re: Donación con usufructo y posterior venta sin usufructo

Hola Lunatico.

Efectivamente, tiene dos fechas. La primera, cuando la donación de la Nuda Propiedad y el valor que aparece en las escrituras y por el que se liquido el ISD y otra segunda fecha con la renuncia del usufructo, el valor en ese momento y también se liquido el ISD.

Todo esto está hecho.

Mi duda viene cual de las dos fechas y valor he de poner en la declaración de la Renta. Si la primera o la segunda de las fechas.