Re: Deducción por hijo
Si, la normativa fiscal permite aplicar el mínimo por descendientes siempre que:
- El descendiente sea menor de 25 años a la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre), salvo que se trate de descendientes discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, en cuyo caso podrá aplicarse el mínimo familiar por descendientes, cualquiera que sea su edad, siempre que se cumplan los restantes requisitos.
- Que el descendiente conviva con el contribuyente.
- Que el descendiente no haya obtenido en el ejercicio rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las rentas exentas del impuesto.
- Que no presenten declaración del IRPF, independientemente del contribuyente, con rentas superiores a 1.800 euros.
En tu caso ya no puedes aplicar este mínimo. Un saludo
Gestora de Patrimonios en Welzia
Re: Deducción por hijo
Hola. ¿menor a 25 años? ¿o menor o igual? Mi caso particular es el siguiente: he cumplido 26 años en abril de este año 2012. A lo largo del período impositivo de 2011 entonces tenía 25 años. Mis padres están haciendo dicha declaración, ¿pueden entonces meterme como descendiente?
Gracias, un saludo.
Re: Deducción por hijo
Lo que cuenta es la edad a 31.12.11. Hay que ser MENOR de 25 años.
Saludos.