Las segunda vivienda si no esta en alquiler, que tendrias que declarar este alquiler, y esta para uso propio , tributa como Renta Imputada , en funcion de su valor catastral, tomando como valor de renta el 1,1% de este valor catastral.
Solo las viviendas habituales pueden ser objeto de deduccion por su inversion , no otras viviendas.
Para el IP (Patrimonio) , los inmuebles se valoran por el valor de adquisicion o el valor catastral , tomandose el mayor de ellos , los depositos por saldo final o el medio de los ultimos tres meses ( el mayor de ellos) , las acciones por el que te comunicara el banco y que sera segun lo publicado en el BOE , los fondos de imversion por su saldo liquidativo y los Fondos de Pensiones no se incluyen en el IP.
La vivienda habitual tiene una reduccion de 300.000 euros en su valoracion , asi que si este valor es menor el valor a declarar es CERO . Las declaracion de patrimonio son siempre individuales, en una matrimonio con bienes en gananciales cada uno declara su 50%.
Sobre el total de patrimonio valorado , existe uan reduccion generica de 700.000 euros , el exceso que supere esta reduccion tributara segun una tarifa. Si no resulta a pagar este impuesto no es necesario presentar declaracion , salvo que el patrimonio valorado ,supero los 2 Millones de euros.
En algunas Comunidades esta bonificada la Cuota a Pagar , al 100% y por tanto no se ha de ingresar nada , aunque si se ha de presentar la declaracion.
Saludos