Hola, buenas tardes,
en el año 2009 abrí un deposito a plazo fijo (que se va renovando automáticamente) por importe de 9.000 €, en aquellos días estaba soltera y no me planteaba comprarme un piso. Ahora, en el 2012, ya casada me planteo comprarme un vivienda. Mi pregunta es si puedo presentar este depósito como cuenta vivienda (el importe continúa siendo de 9000 € desde el 2009) y, ya que está únicamente a mi nombre y nuestra declaración va a ser individual, únicamente lo puedo presentar a mi nombre o si tendríamos que presentar obligatoriamente la mitad cada uno de los cónyuges (no tenemos separación de bienes). En caso de que fuera obligatorio presentar el 50% cada uno tengo otro plazo de idénticas características por 18.000 €. El piso lo compraríamos a nombre de los dos y durante el año 2012. Gracias de antemano por vuestra ayuda. Saludos.
Bajo mi punto de vista, para poderte aplicar la desgravación deberías haber aperturado la cuenta en 2011.
Según dices en tu comentario, lo hiciste en el año 2009 y es entonces cuando hiciste la aportación de 9.000 euros. Por lo tanto en 2011, no ingresaste ninguna cantidad.
De todas formas, me suelo equivocar con frecuencia. Tómalo como una opinión más.
Saludos.
Se me ha ocurrido que quizás se pudiera considerar el plazo fijo de 2009 como cuenta vivienda en el caso de que el depósito cambiara de número todos los años al efectuar la renovación.
En otras palabras que todos los años, se considerase como cancelación del antiguo y apertura de uno nuevo. Tendrías entonces un depósito con fecha de apertura en el año 2011 y vencimiento en 2012.
Podrías considerarlo entonces como cuenta vivienda, el su saldo lo utilizas para pagar tu vivienda. Y podrías desgravarte sobre la base de 9.000 euros en la declaración Renta 2011.
Saludos.
Muchas gracias Empty... alguna otra opinión?? Hay algún teléfono de AEAT para este tipo de dudas?? Gracias. Saludos.
Respecto a ayuda de la Agencia Tributaria, creo que este folleto es el último que han sacado:
Saludos.