Gastos previos al inicio de actividadRespuestas: 0
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Gastos previos al inicio de actividad
Buenas tardes, tengo una duda sobre los gastos previos al inicio de actividad.
A.- ALTA PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDAD
La primera opción responde a aquellos casos en los que el alta de actividad no está próxima pero la fecha de inicio es previsible. Según me dicen, resulta necesario presentar una “Comunicación Previa” en Hacienda, para ir deduciéndonos todos los IVAS soportados que vayan surgiendo. (Artículo 111 LIVA).Pero esos IVAS soportados con qué se compensan si no tengo ingresos, todo son gastos!!! en ese período... DUDA: hay algún plazo a cumplir desde que comunico la actividad y me doy de alta??? Si me decido por esperar a la fecha efectiva para dar de alta el inicio de actividad, es posible deducirme todos los IVAS en que haya incurrido durante los cuatro años inmediatamente anteriores, (artículo 99 LIVA) siempre y cuando sea posible probar ante la Administración que todos los gastos en los que he incurrido son necesarios para el desarrollo de mi actividad o esto no es correcto?? Es decir, cuando empiece a hacer el modelo 303 de IVA podrán incluir con carácter retroactivo todos los gastos anteriores. DUDA son 4 años??? relamente?? Querría estar segura. Qué es más recomendable practicar una alta previa o esperarme al inicio??? A la espera de sus respuestas! GRACIAS |
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