Periodo de devoluciónRespuestas: 18
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Periodo de devolución
Hola, soy nueva por aquí y quería hacer un par de preguntas a ver si alguien me puede ayudar
Muchas gracias y espero alguna aclaración si alguien me puede ayudar Un saludo
Re: Periodo de devolución
Buenos días. Como tienes certificado digital es recomendable que entres en la sede electrónica de la web de la AEAT y consultes el apartado "Mis notificaciones". Si te aparece que se está comprobando la declaración en breve tendrás noticias de ellos y la forma más rápida de verlo es a través de este apartado de la web. Al leer cualquier notificación en PDF ya constará como comunicada. Los envíos por correo certificado son bastante más lentos. Otra opción es comparecer personalmente en la administración y preguntar si hay algún problema con la declaración y si tienen preparado tu "regalo" (comunicación al respecto de dichas incidencias). Saludos.
Re: Periodo de devolución
Lo primero de todo agradecerte tu respuesta y siento no haberla leído antes por falta de tiempo. Ya digo que entro con certificado pero hace como dos meses que me sale el mismo mensaje de que se está comprobando.
Un saludo. Muchas gracias.
Re: Periodo de devolución
El plazo que se considera "normal" para las devoluciones es hasta 31.12.11. A partir de esa fecha te tendrán que pagar intereses de demora además de la cantidad a devolver. Como te recomienda Kracken, pienso que no estaría de más que te acercaras a tu oficina de la Agencia Tributaria, para ver si te pueden dar alguna información más. El plazo que tienen para revisiones, es de cuatro años. Y descartaría que fuera por problemas de dinero del Estado o de la Comunidad Autónoma. Saludos.
Re: Periodo de devolución
Hacienda lleva al menos un par de años apurando hasta el máximo en las devoluciones, incluso superando ese límite de final de año. Entiendo que en tu caso hablamos de una declaración no tramitada por Internet (aceptación/modificación de borrador) que son las más rápidas en devoluciones, supongo que realizada a través del PADRE. Estas últimas son siempre las más lentas en su tratamiento. Curiosamente, parece que la última fecha efectiva que utiliza Hacienda es el 23/12. Si no has recibido tu devolución antes de esa fecha, olvídate, ya será para el año siguiente. Como bien indican, si ya es para el año siguiente puedes solicitar la devolución con intereses de demora. Un tema importante es que creo que es necesario solicitarlos, ya que si no lo haces Hacienda no te lo paga (no sé si alguien podrá aclararnos este punto). Y sí, parece que todo es problema de pasta. Ante una más que evidente falta de liquidez, apuran hasta el límite y en ocasiones lo superan. Además, antes comprobaban ciertas declaraciones al azar. Ahora comprueban todas. Esto significa que tu declaración no tiene porqué tener algún problema necesariamente. Puede que estén preparando una "paralela" o simplemente preparando la transferencia de la devolución. Espero haberte aclarado el tema un poco más. Salu2.
Re: Periodo de devolución
Bueno, gracias a todos.
Un saludo
Re: Periodo de devolución
Si alguien está siguiendo el hilo, que sepa que ir a la delegación de hacienda no vale para nada, al menos en mi caso.
UN saludo
Re: Periodo de devolución
En alguna ocasión Hacienda me ha hecho la devolución "fuera de plazo" y siempre ha sido con los intereses. Saludos. |
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