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Factura con IRPF

14 respuestas
Factura con IRPF
Factura con IRPF
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#9

Re: Factura con IRPF

Por cierto, ¿que diferencia hay entre emitir una factura con IRPF sin IVA y una con ambas cosas? He leido que sin aplicar IVA es legal ...

#10

Re: Factura con IRPF

Si la operación no está exenta, tendrás que obligatoriamente aplicar IVA. Operaciones exentas, por ejemplo, la prestación de servicios médicos.

Saludos.

#11

Re: Factura con IRPF

La verdad, por ese importe...
Y sin estar de alta...
¿No podrías "disimular" la prestación como algo "formativo"? ¿Una sesión de docencia-capacitación en programación web o algo así?
Es que casi no vale la pena liarse ni nada. Lleva retención IRPF, en todo caso.
Base 40,00
IRPF -15 % -8,00
Neto a cobrar 32,00

E independientemente de como lo declare el cliente, tú lo pones como ingresos del trabajo.

En todo caso, si prevees que sea tu profesión habitual, o más o menos habitual, date de alta, y factura regularmente con IVA e IRPF, que es lo suyo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#12

Re: Factura con IRPF

Mis disculpas. Se me había pasado que en el comentario número ocho, indicas cuál era la operación a facturar.

La opinión de Cachilipox, pienso que te pueda ser factible.

Saludos.

#13

Re: Factura con IRPF

Me corrijo.
El 15 % son 6,00 €
Y el neto a cobrar son 34,00 €

Una consideración:

Hacer una factura "con IVA" sin estar dado de alta, y sin ingresar ese IVA en la cuenta restringida del Tesoro, mediante un modelo 303, ES ILEGAL, ES UN ROBO DE CAUDALES PÚBLICOS.

Puestos a ser posibilistas, y dentro de la racionalidad, una "factura" sin IVA, pero con IRPF, cae dentro de lo legal. Y es plenamente deducible para tu cliente.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#14

Re: Factura con IRPF

Hola Albertosp;

Cuando una persona hace un trabajo por cuenta propia, se convierte en una empresa.
Una empresa es una persona física jurídica o comunidad de bienes.

El trabajo que tú has realizado de una página web te convierte en empresa.

Por lo tanto tienes que darte de alta en IAE (Impuesto de actividades económicas) y si solo es puntual debes de darte de baja.

Hay empresas que tienen que llevar unos libros contables y otras no.

Trimestralmente debes, no confundir con puedes, rellenar unos papeles que son modelos fiscales, el 190 para el IRPF y el 303 para el iva y entregarlos en el banco si la declaración es positiva y si es negativa entregarlos en la Agencia Tributaria.

Como te comente en otro post si no lo haces la multa en 2003 eran de 150 € y me imagino que ahora será más alta.

Al final de año tienes que hacer un recuento de todos los importes de las facturas realizadas y los gastos que has tenido y rellenar otros modelos fiscales el del 190 me parece que es el 110 y el del 303 es el 390.

Cosas que veo en mi trabajo: Una persona que ha hecho unas entrevistas contratadas por mi empresa, que han hecho una factura como la tuya y en junio del año siguiente vienen a verme, acojonados, porque les ha escrito la Agencia Tributaria diciéndoles que como se han convertido en empresa y no se han dado de alta en el impuesto de arriba.

Les ponen una multa que resulta ser lo comido por lo servido.

Por lo tanto, tienes que hacer lo siguiente:
1.- Darte de alta en el impuesto de actividades económicas. Ir a la agencia Tributaria y rellenar me parece que es el modelo 036 o 037.
2.- Entregar la factura. Como la pusiste ayer.
Como tu actividad considero que es puntual y no es para siempre.
3.- Darte de baja, no sé cuál es el modelo.
4.- El 18-19 de abril de este año rellenar los modelos 303 y 190. Y entregarlos en el banco.
5. Entre el 18 y 19 de enero de 2013 rellenar los modelos 390 y anual del 190 que creo que es 110 y entregarlos en el banco.

Si tienes más dudas, no dudes en escribir, pero empieza a ir a la delegación de la Agencia Tributaria de tu zona para “empaparte” del problema en el que estas.

Salu2.

#15

Re: Factura con IRPF

Ah! se me ha olvidado decirte que cuanto vayas a la agencia tributaria preguntale al funcionario, que esta para ayudarte pero no es adivino, si puedes poner un IRPF de 1% o un 7% y si no te queda más remedio el 15%.

Me refiero a eso que he puesto en otro post del modelo fiscal G-03 (7% de IRPF) o H-04 (1% de IRPF)

Ahora mismo no sé como quedará tras la subida de impuestos del Gobierno actual.

Salu2.