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IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?

11 respuestas
IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?
IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?
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#1

IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?

Mi hermano y yo tenemos en propiedad 2 viviendas a partes iguales ( un 50% de cada una de las viviendas corresponde a cada uno de nosotros). Queremos repartir esas viviendas de forma que yo me quede con el 100% de una vivienda y mi hermano con el otro 100 % de la otra vivienda.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Se consideraría una permuta o una donación o simplemente es una venta a la hora de realizar el IRPF?
Estas viviendas se convertirían en viviendas habituales tanto en mi caso como en el de mi hermano.

#2

Re: IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?

Buenos dias;

En ningun caso el supuesto planteado podria dar lugar a una donacion,ya que para que esta se produzca tiene que darse que un hermano le entregue al otro el 50% de una de las viviendas que posee sin recibir contraprestacion(y en el ejemplo planteado si que existe esa contraprestacion,solo que en lugar de ser en dinero es mediante la entrega del 50% de otra propiedad) por lo que salvo mejor opinion en contrario el supuesto que planteas se trata de una permuta.

Que sea una permuta no implica que exista ganancia o perdida patrimonial;
Se deben valorar las dos viviendas y claro esta aquel que se quede con la vivienda de mayor valor si que va a tener una ganancia patrimonial.

Ejemplo: piso A: valoracion= 300.000 euros piso B: valoracion= 200.000 euros.

Si actualmente tu eres propietario del 50% del piso A( 150.000 euros) y del 50% del piso B(100.000 euros) y entregas éste último a tu hermano para que él a su vez te entregue a ti el 50% del piso A; estaras entregando algo que esta valorado en 100.000 y estaras recibiendo algo que esta valorado en 150.000 motivo por el cual se te generara una ganancia patrimonial de 50.000 euros. (evidentemente a tu hermano se le generaria una perdida patrimonial por el mismo importe).

Si existe mucha diferencia de valor entre ambas viviendas; recomiendo al que se quede la vivienda de mayor valor que abone la diferencia de valor en efectivo con el fin de que no se genere la ganancia patrimonial; es decir en el ejemplo anterior se trataria de que le hicieras entrega a tu hermano de 50.000 euros adicionales(en ese supuesto como lo que recibirias y lo que te entregarian tendria el mismo valor, no existiria ganancia patrimonial alguna sobre la que tributar; ni perdida patrimonial para el hermano).

PD: debemos recordar que para que se produzca ganancia o perdida patrimonial se tiene que producir una VARIACION Y UNA ALTERACION en nuestro patrimonio.

Bueno espero haberme explicado con la suficiente claridad.

Un saludo.

#3

Re: IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?

Gracias por contestar tan rapido.
Tu respuesta me ha servido para aclarar la duda. Pero me surge otra: si no existiese ganancia patrimonial ¿cómo debo proceder a la hora de realizar el IRPF? ¿Tengo que indicar que he realizado una permuta en alguno de los apartados de dicho impuesto?
Gracias de nuevo

#4

Re: IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?

La respuesta es no.

Si no existe ganancia o perdida patrimonial,no tienes que hacer constar en ningun sitio de tu declaracion la operacion antes comentada.

Si que es cierto que tal y como esta el patio(la de inspecciones que esta haciendo la AEAT)a lo mejor ellos no se creen que no exista ganancia patrimonial o no dan por buenas las valoraciones que hagais de los bienes; asi que yo recomendaria tener ambos bienes tasados por profesionales independientes.

#5

Re: IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?

En mi primera respuesta se me habia olvidado comentarte que independientemente del trato que la operacion reciba a efectos de IRPF,la permuta en el momento de llevarla a cabo esta gravada por ITP ademas de los gastos que se puedan generar si lo tramitais mediante una gestoria y los consabidos gastos notariales.

#6

Re: IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?

permiteme una pregunta sobre una duda que me ha surgido al volver a leerme detenidamente tu primer mensaje.

-las viviendas que teneis intencion de permutar tu hermano y tu,son viviendas iguales,costaron lo mismo?(es que yo lo he dado por hecho y de no ser asi mi primera respuesta puede inducir a error),quedo a la espera de que me lo detalles para poder corregir si procede mi respuesta sobre el trato que la operacion tendria en IRPF.

#7

Re: IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?

Hola Usalaimaginacion:
Con respecto a tu pregunta de si las 2 viviendas han costado lo mismo no puedo saberlo bien ya que fueron compradas en diferentes años y están en diferente ciudad.
Otra duda que me ha surgido con una de tus repuestas es ¿Cuánto hay que pagar por ITP? y ¿Si tenemos que pagar los 2 ese impuesto o se compensa el pago que haga uno con el pago que haga el otro (Como el iva soportado y repercutido)?
Se convertirían en viviendas habituales, no sé si esto puede influir en algo

#8

Re: IRPF: cambiar el % de propiedad de 2 viviendas. ¿es permuta, donación ...?

Buenas tardes;

Lo primero de todo siento haber tardado tanto en poder enviar este mensaje.

Lo segundo pedirte disculpas,al respecto de la primera respuesta que recibiste en mi nombre.(realmente ese primer mensaje lo envio un familiar mio que accedio a mi cuenta sin permiso alguno y debido a lo cual he tenido una importante enfrentamiento con él).
Por lo que te pido que olvides ese primer mensaje y si te parece bien una vez leas el que te estoy enviando ahora mismo procedere a borrar el mensaje anterior para no llevar a error a nadie.

Bueno vamos a lo importante que es la duda que planteabas;

La realizacion de una permuta es una operacion gravada por ITP(ambas viviendas permutadas estan gravadas por ITP) a lo que tendras que adiccionar los gastos de notario y de la gestoria si la utilizas.

En cuanto a su repercusion en renta;

La normativa del IRPF dispone que en el supuesto de permuta de bienes, la ganancia o pérdida patrimonial se determina por la diferencia entre el valor de adquisición del bien o derecho que se cede y el mayor de los dos siguientes: el valor de mercado del bien entregado o el valor de mercado del bien que se recibe a cambio.

Es decir;debes lo primero de todo saber el valor de adquisicion del bien que tu vas a entregar;vamos a suponer que el bien que tu entregas fue adquirido por 100.000 euros.

ahora debes coger el mayor entre el valor de mercado del bien que cedes o el valor de mercado del bien que recibes;vamos a suponer que el valor de mercado de ese bien que en su momento compraste por 100.000 euros,ahora pasados unos años es de 140.000 euros y que el valor de mercado del bien que vas a recibir es de 180.000 euros.

Lo que remarca la normativa es que en este supuesto tomarias como valor de referencia el de 180.000 euros(siempre el mayor valor de mercado entre el del bien entregado y el del bien recibido).

Por lo tanto en este caso existiria una ganancia patrimonial de 180.000-100.000=80.000 euros
que se integrarian en la base del ahorro de la declaracion del ejercicio en que se llevara a cabo la permuta(ya que la ganancia se debe imputar al ejercicio fiscal en que se produzca la alteracion patrimonial).

Recordar tambien que dicha base del ahorro tributa al 19% los primeros 6000 euros y el exceso tributa al 21%.

Realmente y ya como consejo personal; si existe una buena relacion con tu hermando y ambos podeis seguir disfrutando de las viviendas sin problema alguno,JAMAS realizaria la permuta ya que su impacto fiscal en la declaracion puede ser importante.
Evidentemente dependera de si las viviendas se compraron hace mucho tiempo,del valor de adquision que en su momento tuvieran y de la valoracion de mercado que ambas tengan a dia de hoy.

Para finalizar volver a pedirte disculpas por el primer mensaje que recibiste que lo unico que habra conseguido es liarte mas.

Quedo a tu disposicion para cualquier aclaracion que precises.

Un saludo.