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Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?

14 respuestas
Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?
Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?
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#1

Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?

Si lo metes a plazo fijo Hacienda te puede controlar no? y si no te genera intereses si lo tienes en cuenta normal a cero intereses tb. te puede meter mano?

Vamos que tu padre ahorrando toda su vida para darte unos ahorrillos y que los tengas que compartir con hacienda narices tiene!!! No entiendo nada del tema si alguien me aclara algo, se lo agradezco.

Gracias y un saludo.

#2

Re: Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?

Dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que vivan tus padres, puede estar exenta de tributar si la cantidad no es excesiva, pero tendrás que declararla presentando el impreso correspondiente para justificar esa entrada de dinero. Lo mejor es que te pases por una notaría y le comentes el tema a un oficial. No te cobrará nada por informarte y te dirá todos los pasos a seguir para no tener problemas.

#3

Re: Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?

Siempre hay que justificarlo.
Como te ha dicho el compañero depende de la comunidad

Si eres de Zamora( Castilla Leon) puedes tener suerte, las comunidades del PP, suelen estar exentas del tributo de donaciones o al menos son un tipo bajo (1% o así)

He buscado pero no veo el tipo especifico, cuando pase al.rodrigo te lo dice fijo

#4

Re: Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?

#5

Re: Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?

He buscado y efectivamente por Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado (B.O.C.yL. 1-10-2008) en el Artículo 24
.- Bonificación de la cuota.
1. En la cuota de este impuesto derivada de adquisiciones lucrativas "inter vivos", se aplicará una bonificación en la cuota del 99 por 100 siempre que el adquirente sea cónyuge, descendiente o adoptado del donante.
2. Será requisito necesario para la aplicación de esta bonificación que la donación se formalice en documento público.
3. Cuando la donación sea en metálico o en cualquiera de los bienes o derechos contemplados en el artículo 12 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, la bonificación sólo será aplicable cuando el origen de los fondos donados esté debidamente justificado y se manifieste, en el propio documento público en que se formalice la transmisión, el origen de dichos fondos.

Solo pagarías el 1%

#6

Re: Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?

A propósito del pago de impuestos, un enlace que, aunque antiguo conserva siempre (y se conservará) de actualidad:

http://www.elmundo.es/sudinero/noticias/act-82-2.html

Saludos.

#7

Re: Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?

En las comunidades donde se encuentre exento el 99% de la Cuota Tributaria , el coste de la Donacion en efectivo , como parece ser el caso , es puramente simbolico.

Se ha de hacer mediante escritura publica , ante notario y este sera el coste mayor de la operacion.

El donante ha de justificar el origen de los fondos donados.

Por ejemplo: Donacion de 50.000 euros.. La Base tributaria sera 42.750 ( 50.000 - 7.850), esta base tiene una cuota tributaria de 3.993,11 euros , con la exencion del 99% (3.953,18) , la cuota tributaria queda en 39,93 euros el 0,08 % de la cantidad donada. ( No es el 1% como algunos piensan)

Saludos

#8

Re: Si te donan dinero tus padres tb. hay que declaralo?

No se pagaría el 1% de lo donado, es decir de la base imponible. Lo que está bonificado en el 99%, es la CUOTA.

Saludos.