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Aportación de bienes privativos a sociedad de gananciales

4 respuestas
Aportación de bienes privativos a sociedad de gananciales
Aportación de bienes privativos a sociedad de gananciales
#1

Aportación de bienes privativos a sociedad de gananciales

Hola a todos:

Quiero aportar unos bienes privativos a la sociedad de gananciales y tengo varias dudas:

Desde que me case en el año 2003 estoy en régimen de separación de bienes, en aquel momento decidimos la separación de bienes porque yo tengo un negocio de construcción y queríamos proteger nuestra vivienda familiar de algún tipo de problemas en la empresa. Actualmente tenemos una vivienda mi mujer y otro yo y queremos que las dos viviendas estén al 50% a nombre de los dos. Hemos hablado con el notario y nos recomienda el que constituyamos una sociedad de gananciales a la que aportemos cada uno nuestra vivienda, mis dudas son:

- Que gastos tendría esta operación?
- Tenemos que pagar plusvalía al ayuntamiento de turno?
- Tenemos que tributar en IRPF por ganancia patrimonial?
- Tenemos que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales? o de donaciones?

Saludos,

#2

Re: Aportación de bienes privativos a sociedad de gananciales

Veamos,

- Que gastos tendría esta operación?

Dependedará del valor de los bienes. Pero en principio Notario, registro, y liguidaciones de impuestos. Si ademas metes abogado, más.

- Tenemos que pagar plusvalía al ayuntamiento de turno?

Entiendo que por creacion de sociedad conyugal No. Aunque por ejemplo en la web del ayuntamiento de Barcelona, parece que se les ha olvidado poner esa exención. Preguntaría en el ayuntamiento concreto.

- Tenemos que tributar en IRPF por ganancia patrimonial?

Entiendo que se va a producir una modificación patrimonial, ya sea ganancia o perdida patrimonial. Y como la "sociedad de gananciales" no es contribuyente (no tienen NIF, ni nada, no es una SL) los movimientos irán en el IRPF vuestro.

- Tenemos que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales? o de donaciones?.

Pues hay muchas consultas sobre la liquidacion de sociedad de gananciales y no se paga ITP, pero en la Creación no he visto tanta doctrina, ni mucha documentación, asi que los articulos implicados serian el 7 de la Ley que te obliga a pagar....PERO entiendo que estaria exenta en virtud del Art 45 B) 3 de la ley del Impuesto... que dice que estarán exentas:

" Las aportaciones de bienes y derechos verificados por los cónyuges a la sociedad conyugal, las adjudicaciones que a su favor y en pago de las mismas se verifiquen a su disolución y las transmisiones que por tal causa se hagan a los cónyuges en pago de su haber de gananciales."

Asi que entiendo que no se paga. ITP. Salvo mejor opinion del foro.

En cuanto a si es Donacion....hay una sentencia de 23 de diciembre de 2015 del Supremo que dice (dando la razón a Hacienda) que será donación si no hay una razón que explique dicho cambio de sociedad conyugal. Es un caso complejo y que olía desde el principio, pero lo que te interesa de esa sentencia es que en caso de problema, puedes probar que no es Donación si hay una razón para la creación de la sociedad conyugal.

Por tanto parece que se considera donación o no según el motivo que exista para crearla.

Saludos

#3

Re: Aportación de bienes privativos a sociedad de gananciales

Respecto a ITP o donaciones:

-Tributa en ITP pero está exenta como dice del Valle si la aportación es a título oneroso, es decir, o se paga, o se queda como un crédito a compensar o liquidar al que aporta el bien cuando se disuelva la sociedad.

-Tributa como donación si es lucrativa, es decir, a fondo perdido sin contraprestación ni crédito a favor del que aporta.

Dicho esto, hay que elegir la formula y plasmarla en la escritura. En el caso concreto, si cada uno aporta un piso, el que sea de mas valor deberá quedar acreedor de una compensación equivalente en el momento de la disolución.

Un saludo

#4

Re: Aportación de bienes privativos a sociedad de gananciales

Lo de la Sentencia esa creo recordar que la operación era claramente sospechosa porque se hizo para transmitir bienes de uno a otro cónyuge sin pasar por la caja de Hacienda. Primero uno aportaba unos bienes a la sociedad de gananciales, y al poco la disolvían y se los adjudicaba el otro cónyuge, una maniobra un tanto burda por otra parte...

Un saludo

#5

Re: Aportación de bienes privativos a sociedad de gananciales

Muchas gracias por vuestras repuestas, son de gran ayuda.