¿Cesión para uso y disfrute, venta o donación de vivienda?
Vivimos en un pequeño chalet en un pueblo de CLM próximo a Madrid, estoy a punto de cumplir 61 años, mi esposa sufre gran invalidez y gran dependencia y yo mismo tengo una discapacidad del 53% reconocida.
En estos momentos mi empresa está a punto de lleva a cabo una restructuración y, como suele ocurrir en estos casos, se recurre a los empleados que tienen una edad más avanzada, cosa que no me viene nada mal dada la carga que supone estar cuidando a una persona dependiente.
Por las razones de salud descritas, especialmente las de mi mujer, nos vemos obligados a cambiarnos a un piso bajo adaptado que se está construyendo en la comunidad de Madrid que tiene protección pública básica, razón por la cual no podemos disponer de vivienda propia y, al margen de que tendremos que venderla para poder pagar la nueva, tendremos que hacerlo antes de la entrega de la nueva, lo que nos supondrán un gran agravio ya que mi esposa está prácticamente encamada y todos ello nos va a generar unos problemas muy complicados de superar.
La alternativa de quedarnos donde vivimos es prácticamente imposible por las escaleras del chalet y porque una adaptación no aportaría ninguna mejora significativa, complicandóse la situación cada vez más.
La cuestión que se nos plantea es la siguiente: Si no podemos vender el chalet antes de la entrega de la vivienda en 2 años tendríamos que recurrir a la cesión de uso y disfrute a mi hijo durante un tiempo máximo de un año, que es al parecer lo que permite la Ley, y ello conllevaría en un primer momento gastos de notario y no sé qué más.
Otra opción se nos ocurre podría ser vendérle el chalet o donárselo a mi hijo hasta que lo podamos vender a un tercero.
¿Me podrían dar algún consejo al respecto para ir sopesando las posibilidades existentes?
Muchas gracias