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Prescripcion de impuesto de donaciones

32 respuestas
Prescripcion de impuesto de donaciones
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Prescripcion de impuesto de donaciones
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#1

Prescripcion de impuesto de donaciones

buenos dias me gustaria saber cuales el timepo de prescripcion del impuesto de donaciones en madrid . gracias

#2

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

Este impuesto que es de carácter autonómico, tiene un plazo de presentación de 6 meses desde el momento de la Donación y tiene la prescripción a los 4 años de terminado el plazo de presentación.

Por tanto desde el momento de la donación a los 4 años y medio prescribe.

Saludos

#3

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

Una observación que he omitido antes : Si hay alguna actuación o requerimiento antes de la prescripción , el plazo anterior queda interrumpido.

Saludos

#4

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

si se hace una donacion de 5000 euros por ejemplo el dia 10/08 y se paga correctamente el impuesto y luego se hace el dia 12/08 otra donacion por 10000 pero esta sin declarar ni pagar el impuesto . te reclamarian la cantidad mas las costas e intereses y la multa solo por la segunda donacion que es la que no se ha pagado correctamente no?

#5

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

en madrid no es de 4 años y 30 dias que eselplazo de presentacion?

#6

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

a que te refieres con actuacion o requerimiento antes de la prescripcion?

#8

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

Si la primera está declarada correctamente, no te pueden reclamar nada de ella, lo único, que si es del mismo donante al mismo donatario, en la segunda hay que indicar que hay una acumulación de donaciones y te sube el tipo de gravamen a aplicar en esa segunda donación.

Un saludo

#9

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

Si, puesto que el plazo de presentación es de un mes, los seis meses son para las herencias.

Un saludo

#10

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

pero el plazo de prescripción de la donación no empieza cuando se realiza la transferencia bancaria si no cuando se hace escritura pública no?y si por desconocimiento no se hizo nada de eso sólo la transferencia ba caro a entonces la supuesta donación no habría prescrito no? gracias

#11

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

Ese es un tema complejo, la donación necesita aceptación, que se entiende que es la de la fecha de la escritura, por eso se toma como fecha de devengo, no obstante si no la hay, se puede entender que es la fecha de la transferencia si no se justifica otra fecha.

Un saludo

#12

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

y si el dinero esta en comun en cuenta con varios titulares , todos los titulares realizan ingresos y a esa cuenta se pasan tambien gastosd . entonces un titular de la misma realiza el mismo traferencia su favor a otra cuenta asu nombre , eso seria considerado donacion del resto de los titulares de la cuenta a la titular que ha hecho la trasferencia o como se podria considererar , teniendo en cuenta que los ingresos de esta titutal de realiza la trasferencia son menosres que el resto?

#13

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

entonces podria una vez pasado el periodo de presentacion, en años ,liquidar la donacion como exenta por serr prescrita

#14

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

Vamos a recapacitar...
Te recomiendo que te leas el concepto de donación, por ejemplo el de la wikipedia:
"El contrato de donación es aquel por el cual una persona, denominada donante, transfiere gratuitamente a otra, llamada donatario, el dominio de uno o más bienes de su patrimonio."

O el del Código Civil:
"Artículo 618

La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta."

Y ahora pregúntate si la operación que describes lo es o no. La respuesta es que sí, puesto que recibe mas de lo que puso por nada.

Luego pregúntate si se debe declarar o no. Aquí entra una vez mas el sentido común, si estamos hablando de cantidades pequeñas, es obvio que no se declara y no pasa nada. Si hablamos de miles de euros es otra cosa. LA Administración puede detectar (o no) los movimientos entre cuentas y puede interpretar (o no) que se hayan producido donaciones e intentar liquidarlas, pero siempre le queda la opción al contribuyente de demostrar que no existen y que corresponden a otros negocios.

Un saludo

#15

Re: Prescripcion de impuesto de donaciones

En puridad, si.

Un saludo