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Alquiler de vivienda NO habitual

5 respuestas
Alquiler de vivienda NO habitual
Alquiler de vivienda NO habitual
#1

Alquiler de vivienda NO habitual

Un inmueble del que mi mujer es propietaria de una treinta ava parte se ha alquilado únicamente en los meses de julio y agosto por 600€ cada mes. Y a partir de aquí surgen las dudas:

1. Los ingresos íntegros por los que tiene que tributar mi mujer son un 1/30 de los alquileres cobrados, es decir, (750+750)/30 = 50€. ¿Correcto?.

2. Página 4 (I) del PADRE. Si el piso SOLO se ha alquilado los meses citados y el resto del año ha permanecido a disposición de sus titulares (y deshabitado), en la ventana de captura de datos que se abre al introducir el % de propiedad, naturaleza, referencia catastral,.. en la celda "Uso o Destino", ¿qué clave hay que indicar la 1 o la 3?. En el supuesto de que sea la clave 3 (a disposición de sus titulares y arrendado) en la pregunta "inmueble a disposición del contribuyente y, al mismo tiempo, destinado a otros usos" la respuesta debe ser NO porque no conviven, al mismo tiempo, los propietarios y los inquilinos. ¿Correcto?.

3. En la ventana "Inmuebles arrendados, subarrendados o cedidos a terceros" en Tipo de Rendimiento, hay que indicar la clave 1 Rdto por arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda con derecho a la deducción del 60%. ¿Correcto?.

Como siempre muchísimas gracias por vuestra valiosa ayuda

Cordialmente

Ferrolano

#2

Re: Alquiler de vivienda NO habitual

Si la renta cobrada ha sido de 600 euros mes en 2 meses serán 1.200 euros de renta a declarar para el conjunto de propietarios. Uso o destino clave 3 , cumplimentando la Renta Imputada y el Arrendamiento.

Como tienen el porcentaje del 3,33% en propiedad , serán 40 euros de renta a declarar por tu esposa en su declaración al ser un bien privativo.

El resto de tiempo esta a disposición de sus titulares y declara como Renta Imputada por el porcentaje de propiedad y por 304 días del año, en función de su valor catastral.

En la renta de alquiler no se puede aplicar el 60% es el Tipo "2" sin reducciones al ser un alquiler de temporada. Los Gastos generados por esta vivienda se prorratearan en función de los 31 días sobre los 365 del año para considerarlos como deducibles del alquiler cobrado.

Saludos

#3

Re: Alquiler de vivienda NO habitual

Muchísimas gracias, Lunatico, por tu completa respuesta. Siendo la clave 3 la que hay que indicar para uso o destino, entiendo que la respuesta a la pregunta "inmueble a disposición del contribuyente y, al mismo tiempo, destinado a otros usos" debe ser NO. Y para la deducción del 60%, ¿tendría que haberse alquilado durante todo el año o tienen que concurrir otras circunstancias?.

Saludos cordiales

#4

Re: Alquiler de vivienda NO habitual

Efectivamente la respuesta es "NO" y para la reducción debe ser alquilada como uso de vivienda habitual por el inquilino, que no es el caso.

Saludos

#5

Re: Alquiler de vivienda NO habitual

Muchísimas gracias, Lunatico, una vez más. Quedan resueltas por completo las dudas que tenía sobre este asunto.

Recibe un cordial saludo

#6

Re: Alquiler de vivienda NO habitual

Lunatico releyendo el contrato de arrendamiento del piso que menciono en este hilo, en la cláusula Novena se dice textualmente:

"De conformidad con lo establecido en el artº 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos el arrendatario deposita la cantidad de 500€ en concepto de garantía de las obligaciones que le competen, cantidad que le será devuelta a la resolución del contrato en caso de que hubiere cumplido con aquellas. La parte arrendadora conoce su obligación de depositar la fianza en la oficina de Fianzas de la Xunta de Galicia (Ferrol)".

Y considerando el contenido de esta cláusula al declarar el alquiler del piso en el IRPF, ¿hay que reflejar en alguna celda los 500€ de fianza?. Lo cierto y verdad es que la fianza está depositada en la oficina de fianzas.

Muchísimas gracias por tu ayuda