Buenas tardes;
A la hora de presentar su declaración de IRPF debe hacerlo siempre ajustandose a su situación real y no a una situación que permite obtener un resultado más favorable pero no se ajusta a la realidad.
Es evidente que si los descendientes conviven con uno sólo de los padres será éste el que se pueda aplicar la totalidad del mínimo por descendientes, también le hago saber que el empadronamiento o no en una vivienda no es mas que un tramite administrativo con al ayuntamiento de turno y que para la AEAT lo que realmente prevalece es el domicilio fiscal que el contribuyente tiene informado.
Le digo todo esto porque en caso de una posible comprobación será usted el que tenga que probar que los padres no conviven juntos con aquellos medios de prueba que usted considere.
La situación que describe es muy habitual ya que me he encontrado en multitud de casos en que uno de los padres tiene un nivel de rentas mucho mayor que el otro; pero el hecho de que uno de ellos no se pueda aplicar el mínimo por descendientes o no le saque todo el provecho posible no le permite traspasar este derecho al otro (en el supuesto de que exista convivencia entre ellos)