Re: Modelo 347
Este Modelo Informativo no tienen relacion con el tipo de IVA en que se esta registrado.
Se debe presentar cuando algun Proveedor o Cliente, tiene facturado mas de 3.005,20 euros-año y se presenta desglosado por Trimestres y por el total facturado (iva incluido).
El plazo de presentacion finaliza el 2 de Marzo proximo.
Saludos
Re: Modelo 347
No se si es exactamente como dices ya que hasta este año los empresarios que iban a reg. Simplificado de iva no tenian que hacer el modelo 347 en lo referente a sus compras aunque estas fueran superiores a 3005 euros. Por tanto el regimen de iva sí que influye en el modelo 347, al menos esa es mi opinion, salvo nuevas.
Re: Modelo 347
Re: Modelo 347
Re: Modelo 347
Creo que estáis mezclando las cosas. Os respondieron correctamente y os habéis liado.
El recargo de equivalencia no tiene nada que ver con el régimen simplificado de IVA, precisamente son dos regímenes distintos.
Y el que está en RE, sí tiene que presentar el 347 por las compras que cumplan los requisitos y por las ventas de las que tengan que hacer factura y que también cumplan los requisitos.
Al igual que los que estén en régimen simplificado y estimación objetiva, que este año han tenido que declarar tanto ventas como compras.