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Localización del lugar de realización de la prestación del servicio. IVA

6 respuestas
Localización del lugar de realización de la prestación del servicio. IVA
Localización del lugar de realización de la prestación del servicio. IVA
#1

Localización del lugar de realización de la prestación del servicio. IVA

Hola Señores Foreros,

Empiezo este post agradeciendo de ante mano a todas las personas que me puedan ilustrar y me ayuden a tener diferentes puntos de vista para buscar la solución al problema.

El tema es el siguiente:

Una empresa A, española, radicada en el territorio de aplicación del impuesto, sin establecimientos permanentes en el extranjero dedicada a la construcción completa, presta sus servicios ejecutando obra nueva (Hospitales) en Alemania y en Francia. Estos servicios son prestados a una empresa B, la cual se encuentra en la misma situación que la anterior, es española y no tiene establecimiento permanente.

En la ley del IVA pone que las prestaciones de servicios que se realicen sobre bienes inmuebles radicados en España están sujetas a IVA, independientemente de donde este radicado el prestador del servicio. La ley en ningún momento habla de los inmuebles fuera del territorio nacional.

A partir de aquí surgen mis dudas de como facturar la operación, y se me ocurren dos supuestos:

1.- Igual que la ley del IVA dice que el servicio se localizará en España siempre que el inmueble se encuentre aquí y por ende quedara sujeta la prestación del servicio a IVA la primera pregunta que me surge es ¿No tendra que darse de alta el prestador del servicio (Empresa A) en el pais donde esta radicado el inmueble y pagar alli el IVA correspondiente?, ¿Si es así como se daría de ALTA?¿ Seria una operación no sujeta en España?

2.- Otro supuesto que se me ocurre es que la operación podría considerarse como una operación sujeta pero por inversión de sujeto pasivo, dado que los dos son españoles y es ejecución de obra nueva.

Muchas gracias por la atención, espero vuestras respuestas

#2

Re: Localización del lugar de realización de la prestación del servicio. IVA

La empresa B, en el momento en que recibe los inmuebles objeto de la prestación de servicios, pasa a disponer de establecimiento permanente en esos paises donde radiquen dichos inmuebles.

A partir de ahí, la empresa B será un sujeto pasivo de las correspondientes haciendas, y la empresa A deberá tratarla como cualquier otra empresa radicada en esos paises.

Habría la duda razonable de si en las sucesivas certificaciones de obras parciales, previas a la entrega de los inmuebles finalizados, corresponde aplicar IVA, o solo y de golpe en la certificación final. 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Localización del lugar de realización de la prestación del servicio. IVA

Un detalle que se me olvidó mencionar es que la empresa B no es dueña del inmueble, la Empresa A esta subcontratada por la Empresa B, y la B a su vez es la que le trabaja al dueño del inmueble.

#4

Re: Localización del lugar de realización de la prestación del servicio. IVA

En este caso, y por la regla especial de localización de las prestaciones de servicios relacionadas con bienes inmuebles, el IVA a aplicar es el del pais de sede o destino de dicho inmueble, y el receptor de los servicios (la empresa B), en dicho pais será un "no residente sin establecimiento permanente", sujeto pasivo del IVA por inversión del sujeto pasivo. La empresa A facturará a la empresa B sin IVA, señalando la causa de la exención.

La empresa B deberá facilitar un NIF-IVA de acuerdo al pais de destino de dichas prestaciones de servicios (Alemania, Francia).

En caso de solo facilitar un NIF IVA español, la empresa A deberá tratar al cliente empresa B como si de un cliente español más se tratase.

Al final es un tema de NIF-IVAs. Manda el nif notificado. 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Localización del lugar de realización de la prestación del servicio. IVA

Gracias por tu atención Cachilipox,

Si el tema va ir por donde tu dices, corrígeme si me equivoco.

Las dos empresas deberán solicitar un NIF-IVA en sendos países, una vez se tengan, la Empresa A facturará los servicios con el IVA del país donde radique el inmueble a la Empresa B, pero ese IVA será por inversión sujeto pasivo del IVA y no devengará cuota, ya que en las ejecuciones de obra nueva, el prestador del servicio se convierte en el sujeto pasivo.

La empresa B independientemente que tenga su NIF-IVA en el país correspondiente, se le harán facturas sin IVA, por que lo tenga o no la operación se considera Inversion de Sujeto Pasivo,.

Saludos

#6

Re: Localización del lugar de realización de la prestación del servicio. IVA

La empresa A (subcontratista) no necesita solicitar unNIF-IVA del pais donde esté el inmueble. Sí darse de alta en el VIES.

Facturará a la empresa B (contratista), con exención de IVA por operación intracomunitaria.

La empresa B (contratista), deberá solicitar un NIF IVA en el pais destino, y repercutirá el IVA de su subcontratista (el IVA local que corresponda), por inversión del sujeto pasivo. También deberá darse de alta en el VIES del pais destino.

(esta operación es saldo de IVA 0, es solo a efectos contables, yaque se repercute y deduce el mismo IVA)

A su vez, la empresa B facturará a su cliente con el corespondiente IVA del pais de destino.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#7

Re: Localización del lugar de realización de la prestación del servicio. IVA

Cuando dices "deberá tratar al cliente empresa B como si de un cliente español más se tratase". A qué te refieres concretamente? Poner IVA en la factura? O simplemente reflejar que se trata de una operación no sujeta por encontrarse localizada fuera del territorio de aplicación del impuesto y hacer la factura sin IVA con el NIF IVA español que te faciliten?

Muchas gracias por tu atención.