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¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?

9 respuestas
¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?
¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?
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#1

¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?

A reiz de la imputación de la Sra. Caballé por presunto fraude fiscal, me pregunto cómo la Agenca Tributaria acredita que reside en España.

Alguien que se pasa la vida viajando por el mundo lo tiene muy fácil. O es muy torpe o muy descuidada. O será que la Aeat se inventa cosas.

#2

Re: ¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?

La residencia fiscal es presunta, o sea, una vez tienes la primera residencia fiscal, no cambias salvo que acredites que has adquirido una nueva residencia fiscal.

La Caballé antes de 2010 debía tener residencia fiscal española.

Si no ha logrado acreditar que en 2010 pasó a tener otra residencia fiscal, y los actuarios de hacienda acreditan indicios suficientes que en 2010 vivía de manera efectiva y habitual en Barcelona, pues resulta que está sujeta al IRPF, por ser residente fiscal española. Con independencia de que tenga intereses económicos legítimos, o no, en Andorra.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: ¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?

Tu exposición y los planteamientos de la Agencia Tributaria los tengo claros.

Lo que me cuesta asimilar es que una señora de muchos posibles y coartadas diversas al alcance de la mano. que se garstará una buena pasta en todo tipo de asesores pueda ser capaz de meterse en la boca del lobo ella solita. Sobre todo sabiendo que ya existen precedentes diversos no muy lejos de su casa.

#4

Re: ¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?

Sin prejuzgar el caso concreto, no es inhabitual que ciertos personajes de cierta alcurnia, dediquen ingentes cantidades de dinero y generosos honorarios a determinadas asesorías. Pero en cambio, sean sumamente avaros con las retribuciones de otras personas que desempeñan labores tan necesarias pero de rango inferior.

Pagas generosamente al abogado que te orienta-diseña la manera "legal" de eludir impuestos, y dejas impagos del jardinero.

O quizás incluso peor, se racanea el asesoramiento recibido.

"Sí, el abogado me dijo como hacerlo para ahorrarme 500.000 € de impuestos, pero fue un simple consejo y total no hizo nada más. Que quieres que le pague!"

Este tipo de cosas (y no afirmo ni desmiento que haya sucedido), puede devenir un cierto resentimiento, y convertirse en una denuncia, anónima o no, ante la agencia tributaria.

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/ZZ06.shtml

http://www.eldiario.es/economia/Inspectores-Hacienda-atienden-denuncias-documentadas_0_161684376.html

 

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#5

Re: ¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?

También es frecuente gastarse el dinero en asesores para no hacerles ni puñetero caso.

#6

Re: ¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?

También, aunque no parece el caso.

Aquí hay de por medio no solo la residencia andorrana, sino una sociedad mercantil interpuesta. Parece un tipo de estructura low-cost hecha muy ad hoc para el caso.

Si se lleva bien, y con discrección, es muy difícil rastrear. Aparenta la cosa en que alguien ha facilitado ciertos datos a hacienda, para que puedan enfocar bien el objetivo.

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#7

Re: ¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?

es de suponer que antes de llegar a juicio habrá habido un intercambio de escritos y requerimientos entre la AGENCIA y montse, no? es decir, no entiendo cómo se llega a este punto, probablemente por asesores que dicen : "nada, que vayan a juicio, eso lo tenemos ganao...", y claro luego se hace público y el daño a la imagen es peor...

#8

Re: ¿Cómo se demuestra que una persona vive en España?

No necesariamente, pero sí.

En elucubraciones: a la AEAT, especialmente la Delegación Especial de Catalunya, le interesa muy mucho una pieza pública de caza mayor (lo que fue en su día Lola Flores cuando Borrell era el Secretario de Estado). A poco que hayan tenido indicios sólidos de delito fiscal, además de la recaudación, que la conseguirán sí o sí, querían el telediario ejemplarizante.

A la Caballé, es muy habitual por parte de abogados fiscalistas el ser muy poco propensos a la colaboración con la AEAT. Muy de solo entregar exactamente aquello que piden, venciendo plazos, dificultando procedimiento, etc etc. Saben que sus asesorados/defendidos finalmente tendrán que pagar, pero les gusta sobremanera desplegar su plumaje procedimental ante la administración (claro, en definitiva paga y sufre otro).

También hay la consideración legítima de saber que en verdad correspondería haber pagado XXX, pero que quizás la AEAT solo llegue a acreditar-reclamar XXX / 2. Así que mejor callar, y que sea hacienda quien reclame.

Como en ese mundillo todos se conocen (la mayor parte de fuerzas del mal está formada por ilustres funcionarios del gremio en excedencia, que se han pasado al Lado Oscuro), los procedimientos de la AEAT son exactamente lo inverso-contrario. Como ya saben que correspondería XXX, de inicio reclaman 2 x XXX.

Y al pobre contribuyente defraudador, que solo pretendía lucrarse un poquito eludiendo impuestos, al final la cosa le sale carísima, entre dinero (lo defraudado, los intereses y sanciones, los honorarios de abogados y gestores), y costes personales.

Consejo: si eres defraudador y te llega un requerimiento (ya no ni siquiera una inspección), nada de demorar y eludir. Paga rápido a la de ya, y sobre todo NO HAGAS CASO AL ABOGADO.

El abogado que te orientó sirvió, o no, para montar el fraude. Demostrado que el fraude ha sido descubierto, sal rápido del asunto.

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