Acceder

Cotizaciones a la SS - Renta 2013

7 respuestas
Cotizaciones a la SS - Renta 2013
Cotizaciones a la SS - Renta 2013
#1

Cotizaciones a la SS - Renta 2013

Buenas a todos,

Tengo una duda, soy autónoma y tengo un importe cotizado a la SS durante el año pasado. El caso es que no tengo ningún tipo de nómina ni ingreso , ya que soy autónoma por una SL que tengo , pero como comento no toco ese dinero de empresa por lo que no tengo nómina.

Es posible incluir en la declaración en la parte de rendimientos de trabajo en la casilla 10 el importe cotizado si no he obtenido ningún tipo de rendimiento ( retribución dinerada )

Gracias

#2

Re: Cotizaciones a la SS - Renta 2013

Indicar que si hago la declaración de forma individual, lo meta o no me sale el mismo importe a devolver. La diferencia está en que si la hago conjunta con mi marido me devuelven 1200 € más si meto ese importe cotizado de la SS en mi declaración.

Gracias

#3

Re: Cotizaciones a la SS - Renta 2013

¿No irán esos gastos más bien en la 097?

#4

Re: Cotizaciones a la SS - Renta 2013

Pues lo mismo , mañana llamo a la gestoría para saber si eso lo meten en el 097 y aquí no lo debo de meter.

Gracias

#5

Re: Cotizaciones a la SS - Renta 2013

Es que siendo autónoma supongo que tributarás en directa y, por tanto, va ahí.

Un saludo.

#6

Re: Cotizaciones a la SS - Renta 2013

Supongo que liquidas la SL en el Impuesto de Sociedades y en esta liquidación estará como gasto tus cotizaciones a la SS.SS , aunque no tengas Salario si ejerces las funciones de dirección y gerencia con mas del 50% de la sociedad.

Si no tienes rendimientos cobrados de esta SL , en tu IRPF no tendrás que declara nada de esta SL.

#7

Re: Cotizaciones a la SS - Renta 2013

Gracias a los dos, creo que queda bastante claro . :D

#8

Re: Cotizaciones a la SS - Renta 2013

Pues al parecer si que me lo puedo deducir , por lo que me sale bastante más favorable haciendo así la declaración conjunta , me indican esto

La obligatoriedad de estar en el régimen de la seguridad social como autónoma, la establece la legislación de la Seguridad social por desempeñar cargo de administrador, LA OBLIGATORIEDAD del pago de cuotas de autónomos es lo que hace que sea gastos deducible del trabajo personal, aunque estas cotizaciones superen los ingresos o estos no existiesen ( no existen de acuerdo con el artículo 26 de los estatutos: El órgano de administración no tendrá derecho a retribución) . POR LO TANTO SI SE PUEDE INCLUIR EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA.