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Gestión de la pensión de orfandad de mi hija

4 respuestas
Gestión de la pensión de orfandad de mi hija
Gestión de la pensión de orfandad de mi hija
#1

Gestión de la pensión de orfandad de mi hija

Hola, escribo por si alguien me puede orientar sobre unas cuestiones q la vida me ha hecho plantearme a partir de la desgraciada muerte de mi pareja hace dos años. No, no estábamos casados, es la primera pregunta q ante cualquier papeleo me hacen todos los profesionales. He entendido que hay un mundo para los casados y otro para los no casados. Bien, ya lo entendí, y no, casi 20 años juntos pero no estábamos casados.
Tuvimos una hija que ahora tiene 9 años y es única heredera de su padre. Ella cobró desde el principio la pensión de orfandad correspondiente al 20% de la base imponible del sueldo de su padre. Al no tener yo derecho a percibir pensión de viudedad, una jueza reconoció, desde marzo, el derecho a q la pensión de mi hija sea incrementada con el importe de lo q habría sido, de habernos casado, mi pensión.
Esa sentencia fue inmediatamente recurrida por el INSS.
Mientras q llega la cuestión al Tribunal Superior de Justicia mi hija recibirá su pensión con el incremento. Ese dinero, llegado el momento, tendrá q ser devuelto si el TSJ así lo considera. Es una cantidad importante para nuestra economía familiar, del 20% de la base imponible pasamos al 72% al sumarse el incremento.
Dado el atasco de nuestro sistema judicial estamos hablando de,a l menos, 2 años en q vamos a disponer de un dinero q no podemos gastar. Pero lo q sí podemos es hacer, es ponerlo a trabajar para sacarle un beneficio. Me siento con la obligación de obtener de ese dinero la mejor rentabilidad posible para proteger la calidad de vida de mi hija (y la mía, claro) dada nuestra situación y ante este panorama tan negro económicamente q estamos viviendo todos.
Me surgen muchas dudas, pero plantearé solo dos de ellas.
La primera sería: si yo pongo ese dinero en depósitos, invierto en bolsa o hago cualquier otra inversión, legalmente ¿he de hacerlo a nombre de la niña?. ¿Puedo hacer esos movimientos a mi nombre, como representante, aunque el dinero es de ella? ¿Entendería hacienda en ese caso q actúo como representante legal de la niña y no como yo misma??
Otra pregunta sería: la pensión de orfandad está exenta de retención, pero si el dinero genera intereses o beneficios ¿Quien los declara? ¿Yo, incluyéndolo como dinero propio?, ¿ella? ¿estaría obligada a hacer declaración mi hija por esos rendimientos?
Bueno disculpad la larga exposición, espero haber explicado bien la situación y mis dudas.
Gracias por vuestro interés.

#2

Re: Gestión de la pensión de orfandad de mi hija

Hola , en cuando a la cuestion fiscal.- Tu presentas declaracion Conjunta en modalidad de Monoparental , si tu hija tiene rentas estas las debes incluir en esta declaracion conjunta, mientras pertenezca a tu unidad familiar , hasta que sea mayor de edad(18 años).

Si por cualquier circusntancia saliera mejor fiscalmente presentar Individuales , la tuya y la de tu hija , es una opcion que tienes , si las rentas fueran significativas , porque sino es siempre mejor la Conjunta.

En cuanto a Inversion.- No es muy conveniente dar este tipo de consejos , pero si quieres tranquilidad , tienes los Depositos a Plazo , no mayor del año por no tener penalizaciones o tambien las Letras del Tesoro a 6 Meses o al Año , que se compran al "descuento" y se amortizan automaticamente al plazo de los 6 meses o del año.

"Descuento".- Es que el tipo de interes es descontado en la compra. Ejemplo: Si estan las Letras al Año al tipo de 2,5% , si Compras por 1.000 euros , pagas 975 euros a la compra y se amortiza por 1.000.

Saludos

#3

Re: Gestión de la pensión de orfandad de mi hija

Las pensiones de orfandad están exentas de tributación (artículo 7 letra h de la Ley 35/2006).

Saludos.

#4

Re: Gestión de la pensión de orfandad de mi hija

Gracias harko, aunque esa la sabía. Mi duda es sobre la tributación de los intereses q se puedan obtener de esa pensión. Gracias igualmente por tu interés

#5

Re: Gestión de la pensión de orfandad de mi hija

Gracias Lunático. Declaración conjunta. Este año ya llego tarde, mi gestor no ha tenido esta situación en cuenta pero tendré q planteárselo para el ejercicio q viene.
¿Eso significa q la niña puede tener inversiones a su nombre que ejecutaré yo como su representante legal?. Y que, a la hora de la declaración podemos optar a una conjunta o a dos individuales? Creo q entendí eso. Gracias de nuevo.