Cumples los requisitos para aplicar la deducción, dices que tiene 4 años, supongo que el año 2011 tuvo en algún momento 3 años pues en caso contrario no es aplicable la deducción, la deducción se determina como sigue:
Por las cantidades destinadas a la custodia no ocasional en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos menores de tres años.
Requisitos:
1) Que los padres que convivan con el menor desarrollen actividades por cuenta propia o ajena por la que perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
2) Que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro, casillas 618 y 630, no sea superior a:
-27.790 euros en declaración individual.
-44.955 euros en declaración conjunta.
En declaraciones individuales de contribuyentes fallecidos en 2011, la cuantía de 27.790 euros se prorratea en función de la duración del período impositivo.
Cuando dos contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales. No obstante dicho prorrateo no afecta al límite máximo de la deducción que, en tributación conjunta, es para cada uno de los progenitores de 270 euros por cada hijo menor de tres años, siempre que no supere dicha edad durante todo el periodo impositivo.
Si a lo largo del año el hijo deja de ser menor de tres años el límite de esta deducción se prorrateará por el número de días del período impositivo en que el hijo haya sido menor de tres años.
Si estas cumplimentando la declaración con el programa PADRE y sólo estás rellenando los datos de un declarante, incluye rendimientos de trabajo o de actividad económica del otro aunque no vayas a cumplimentar su declaración, ya que el programa verifica que se cumpla el requisito primero antes indicado.
Saludos.