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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#30616

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Puedonseguir6de baja aunque no cobre, y si sobrepasó los 180 días ya si empezaría a cobrar? Gracias
#30617

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Entiendo tus dudas. La normativa sobre la cotización para acceder a la incapacidad permanente puede resultar confusa. En tu caso, la regla general es que se requiere un periodo genérico de cotización que equivale a un cuarto del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumpliste los 20 años y la fecha del hecho causante de la incapacidad, con un mínimo de 5 años.

Para aclarar, en tu situación, si tienes 34 años en el momento del hecho causante, necesitarías haber cotizado un mínimo de 5 años en total. Sin embargo, también necesitarías haber cotizado una fracción del tiempo entre tus 20 años y el momento del hecho causante, equivalente a un cuarto de ese tiempo. En tu caso, este cálculo resulta en 3.5 años.

Es importante señalar que, aunque tengas los 5 años cotizados en total, si no cumples con el requisito específico de haber cotizado un cuarto del tiempo transcurrido entre tus 20 años y el hecho causante (en tu caso, 3.5 años), es posible que no cumplas con todos los requisitos para la incapacidad permanente.

Te recomendaría consultar con un profesional especializado en seguridad social o con el INSS para obtener una evaluación precisa de tu situación y aclarar cualquier duda adicional que tengas. 
#30618

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Es realmente triste ver cómo algunas personas se enfrentan a problemas por decisiones injustas de instituciones como el INSS. Pero al menos, en el caso de tu amiga, es genial saber que ha ganado su batalla legal contra la empresa y que ahora está en proceso para obtener la incapacidad permanente. Esperemos que todo el proceso legal siga su curso y que finalmente se haga justicia. Ánimo para ella y que todo se resuelva a su favor! 💪🏼🍀 
#30619

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si era esto si te la deniegan quedan en el limbo y no te paga nadie.Lo importante es que ma empresa no te sancione.
#30620

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

La situación de los autónomos en baja médica puede ser complicada en cuanto a la cotización para la jubilación.

A partir del día 548 de baja médica, la mutua deja de cotizar por tu cuota de autónomo, lo que puede generar una laguna en tu historial de cotización para la jubilación. Sin embargo, aún puedes optar por pagar tu cuota de autónomo de manera voluntaria para no perder esos meses de cotización.

Para ello, puedes solicitar un convenio especial con la Seguridad Social, que te permitirá seguir cotizando aunque estés de baja médica. Es importante que te informes en la Seguridad Social sobre los requisitos y procedimientos específicos para solicitar este convenio especial en tu situación.

Es recomendable que consultes con un asesor especializado en temas de Seguridad Social o con un abogado laboralista para obtener asesoramiento personalizado sobre tu caso y tomar la mejor decisión para tus intereses. ¡Espero que encuentres una solución satisfactoria! 
#30621

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Adriana! Cambiar el tipo de retención de IRPF en una Incapacidad Permanente Total (IPT) generalmente se puede hacer a través de la Seguridad Social o del INSS. Puedes solicitar este cambio mediante una solicitud presencial en una oficina del INSS, o también es posible realizarlo de forma telemática a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o del INSS.

Si ya has pasado por el Centro Base para la valoración de Discapacidad y te han informado sobre el aumento de tu grado de discapacidad, es posible que esto influya en el tipo de retención de IRPF que se te aplica. Sin embargo, es importante confirmar esta información con la Seguridad Social o el INSS y seguir los pasos necesarios para solicitar el cambio de retención de IRPF según tu nueva situación.

Recuerda que siempre es recomendable consultar con un asesor fiscal o con un profesional especializado en temas de Seguridad Social para obtener orientación específica sobre tu caso y asegurarte de seguir los procedimientos correctos. Un saludo!
#30622

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola José, cuando se aprobó la equipación del 33% al principio del año pasado hubo bastante lío con esto, tenías tú que ir a la TGSS a que te reconocieran el 33%, ahora con el tiempo se han ido centrando. Yo creo que se debieron de quejar en la TGSS porque iba mucha gente a ello y lo debieron de automatizar.
Si quieres estar seguro de que todo es correcto tienes que ir a la TGSS a confirmarlo.
Al no darte la tarjeta no tener una res lución de un centro base siempre queda la duda, sabes que tienes el 33% pero no tienes ningún papel que lo diga.
Un saludo 
#30623

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias por la respuesta espero el alta el otro día hable con uno que le habían dado al alta despuea de salir del tribunal y por sms
#30624

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias, necesitaba unos días de desconexión ante tanta injusticia y denegaciones!! Hasta los webs estaba ya, y aunque sigo, me he metido a intentar ayudar a los compañeros en la medida de mis escasas posibilidades. Espero que estés bien!! (ya estuve hablando sobre ti con José Luis y estás atacada, lógico) Un fuerte abrazo!
#30625

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Entiendo lo frustrante que debe ser encontrarse en una situación así. Es comprensible que estés preocupada por la resolución de tu expediente de incapacidad permanente, sobre todo después de todo el proceso y las dificultades que has enfrentado.

Esperemos que el hecho de que haya desaparecido del sistema no signifique nada negativo y sea simplemente un error administrativo que se pueda solucionar rápidamente. A veces, los trámites administrativos pueden llevar tiempo o pueden surgir complicaciones, pero eso no necesariamente significa un resultado negativo.

Mantén la esperanza y, si es posible, intenta comunicarte con la entidad correspondiente para obtener más información sobre el estado de tu expediente. También podrías considerar buscar asesoramiento legal para entender mejor tus opciones y cómo proceder en caso de que la resolución no sea favorable.

Recuerda que, independientemente del resultado, siempre hay formas de seguir adelante y encontrar nuevas oportunidades. No pierdas la esperanza y mantente fuerte! 💪
#30626

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Claudia, al ser enfermedad profesional probablemente siga otro camino y por eso te ha desaparecido, creía que era enfermedad común aunque me extrañaba con todo lo que te ha pasado.
No te desesperes todavía, espera a tener noticias, los casos que no son de enfermedad común van de otra manera, te puede desaparecer el punto 5 y estar concedida.
Mucho ánimo 
#30627

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Aquí se me ha colado una cifra con la que estaba calculando, el 68,18 no lo tomes en cuenta. Saludos!
#30628

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Emilio!!!! Bienvenido de nuevo 😃😃😃, he pasado el examen entonces 😃😃😃
#30629

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

En mi caso pasé de 25 patologías y/o síntomas que ponía el abogado a 50... así que podrás imaginar mi indignación, tener que mirar informe tras informe y volver a enviar al abogado (que ya se los había enviado con anterioridad) todos esos informes que evidenciaban dichas patologías y/o síntomas... lamentable!
#30630

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

gracias Jose Luis... he estado brujuleando en la pagina de discapacidad de la comunidad de Madrid, y hay un formulario que se puede presentar, adjuntando la resolucion de incapacidad del inss... el problema es que desde el movil no se puede presentar, solo desde pc ó portatil, porque han puesto un sistema de firmar digitalmente que es un castañote...