#691
#692
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#693
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No existe ningún artículo de ninguna Ley que equipare la convivencia un tiempo determinado con el matrimonio.
Los funcionarios del SEPE no pueden inventarse la Ley, sino aplicar lo que está escrito en la misma, lo contrario sería un delito de prevaricación.
Hasta que no se modifique el código civil para equiparar ambas circunstancias, y no veo ni a los políticos ni a la sociedad por la labor, no podrán ser tratadas de la misma manera.
De hecho el SEPE venía tratando a las parejas con hijos comunes como si fueran matrimonio y tuvo que cambiar de criterio tras repetidas sentencias judiciales.
Los funcionarios del SEPE no pueden inventarse la Ley, sino aplicar lo que está escrito en la misma, lo contrario sería un delito de prevaricación.
Hasta que no se modifique el código civil para equiparar ambas circunstancias, y no veo ni a los políticos ni a la sociedad por la labor, no podrán ser tratadas de la misma manera.
De hecho el SEPE venía tratando a las parejas con hijos comunes como si fueran matrimonio y tuvo que cambiar de criterio tras repetidas sentencias judiciales.
#694
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#695
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#696
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Buenos días, yo tengo unos ahorros y hago operaciones de compra y ventas de acciones. Cada mes puede variar las ganancias o pérdidas. Este año por ejemplo he obtenido unas plusvalías de 8.000 sumando ganancias y pérdidas.
Cómo se computa eso para el subsidio de 52 años. Estoy echo un lío. Y como se presenta esa ganancia? Y los dividendos se debería sumar a esas ganancias? Ejemplo 8000 más 500 dividendos...total 8.500. tendría derecho al subsidio?
Muchísimas gracias
Cómo se computa eso para el subsidio de 52 años. Estoy echo un lío. Y como se presenta esa ganancia? Y los dividendos se debería sumar a esas ganancias? Ejemplo 8000 más 500 dividendos...total 8.500. tendría derecho al subsidio?
Muchísimas gracias
#697
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Buenos días Fran, pues vengo del SEPE y efectivamente, me tocaria febrero ir a pedir la ayuda familiar, contabilizan el sueldo de mi mujer y debería notificar las ventas de las acciones, las que haya tenido pluses, la diferencia entre lo que compré y vendí...
Además me han dicho que aunque esté a nombre de mi mujer, también cuentan.
En caso de que mi mujer gane 1800 euros, cual sería la ganancia mensual que pasaría en caso de producirse un beneficio? Gracias
Además me han dicho que aunque esté a nombre de mi mujer, también cuentan.
En caso de que mi mujer gane 1800 euros, cual sería la ganancia mensual que pasaría en caso de producirse un beneficio? Gracias
#698
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#699
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Porque su pareja no puede desatender a su hija, de acuerdo al código civil. Por eso importan los ingresos de ella para saber si tiene personas a cargo.
En cuanto a ingresos de acciones, son del propietario. Si son suyas 100% para usted para saber si llega a 810 euros. Si son de su pareja entra a la división entre 2 para saber qué valor imputar a su hija.
En cuanto a ingresos de acciones, son del propietario. Si son suyas 100% para usted para saber si llega a 810 euros. Si son de su pareja entra a la división entre 2 para saber qué valor imputar a su hija.
#700
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#701
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#702
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
#703
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues es así.
Si usted cobra el subsidio por 6 meses por no tener cargas familiares o por los ingresos de la unidad familiar y luego, en el plazo de 12 meses cumple estos requisitos puede solicitar el subsidio con cargas y, por lo tanto le ampliarían los 6 meses concedidos.
El mismo criterio se aplicaría si no puede acceder al subsidio por la rentas propias.
Si usted cobra el subsidio por 6 meses por no tener cargas familiares o por los ingresos de la unidad familiar y luego, en el plazo de 12 meses cumple estos requisitos puede solicitar el subsidio con cargas y, por lo tanto le ampliarían los 6 meses concedidos.
El mismo criterio se aplicaría si no puede acceder al subsidio por la rentas propias.
#704
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Y una duda, cuando vaya a pedir la ayuda familiar, resulta que en mi último contrato de 9 meses, tendría acumulado 3 meses de paro, pero no puedo cogerlo hasta que trabaje tres meses más, para cumplir ese año y tener mis 4 meses de paro.
Mi pregunta es , si cojo el subsidio, y luego vuelvo a trabajar, los meses que trabaje se juntan con esos meses de cotización que tenía antes, los 9, es decir trabajando 3 meses más, y en caso de quedarme después en paro, tendría mi paro, porque llevaros 1 año cotizado. Es así? O al coger el subsidio perdería y debería volver de nuevo a empezar a cotizar... gracias.
Mi pregunta es , si cojo el subsidio, y luego vuelvo a trabajar, los meses que trabaje se juntan con esos meses de cotización que tenía antes, los 9, es decir trabajando 3 meses más, y en caso de quedarme después en paro, tendría mi paro, porque llevaros 1 año cotizado. Es así? O al coger el subsidio perdería y debería volver de nuevo a empezar a cotizar... gracias.
#705
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si permanece inscrito desde que accede a este subsidio hasta cumplir los 52 años, la causa de acceso al subsidio para mayores de 52 años será este subsidio y, por lo tanto, no gastará el tiempo cotizado.
Si no permanece inscrito (faltas de inscripción de menos de 90 días o por trabajo no importan) no podrá usar este subsidio, pero es que tampoco podría usar el tiempo cotizado al no tener situación legal de desempleo, por lo tanto, tampoco consumiría las cotizaciones pero se quedaría sin el subsidio para mayores de 52 años. Esto se arreglaría volviendo a trabajar, teniendo situación legal de desempleo y, entonces sí, consumir las cotizaciones para acceder al subsidio para mayores de 52 años.
Si no permanece inscrito (faltas de inscripción de menos de 90 días o por trabajo no importan) no podrá usar este subsidio, pero es que tampoco podría usar el tiempo cotizado al no tener situación legal de desempleo, por lo tanto, tampoco consumiría las cotizaciones pero se quedaría sin el subsidio para mayores de 52 años. Esto se arreglaría volviendo a trabajar, teniendo situación legal de desempleo y, entonces sí, consumir las cotizaciones para acceder al subsidio para mayores de 52 años.