#16
#17
Re: Renovación de subsidio para mayores de 52
Ahora se puede hacer cualquier solicitud, ante el SEPE, sin Certificado digital con las presolicitudes.
https://sede.sepe.gob.es/SolicPrestIndividualWeb/flows/solicitud?execution=e1s1
Hay un subtrámite específico de "declaración anual de rentas para el subsidio de mayores de 52 años"
https://sede.sepe.gob.es/SolicPrestIndividualWeb/flows/solicitud?execution=e1s1
Hay un subtrámite específico de "declaración anual de rentas para el subsidio de mayores de 52 años"
#18
Re: Renovación de subsidio para mayores de 52
Hola.
Así es, aquí me remitió la Directora del SEPE para hacer cualquier notificación como podría ser una venta futura de un piso , y así lo estudiarían ,
Una experiencia :
El mundo de los funcionarios es muy amplio, según sus conocimientos , etc
Me concedieron el SEPE en Octubre y me lo suspendieron , luego reclamé y me lo renovaron en Marzo , gracias a la ayuda prestada en este foro .
Al llamar en Septiembre , me dijo que tenía que presentar la DAR en Octubre , le insistí que era en Marzo , no quise llevar la contraria : Pedí cita presencial , me llamó por teléfono y todo OK .
Con la que está cayendo , saturación SEPE hice lo que me dijo
Así es, aquí me remitió la Directora del SEPE para hacer cualquier notificación como podría ser una venta futura de un piso , y así lo estudiarían ,
Una experiencia :
El mundo de los funcionarios es muy amplio, según sus conocimientos , etc
Me concedieron el SEPE en Octubre y me lo suspendieron , luego reclamé y me lo renovaron en Marzo , gracias a la ayuda prestada en este foro .
Al llamar en Septiembre , me dijo que tenía que presentar la DAR en Octubre , le insistí que era en Marzo , no quise llevar la contraria : Pedí cita presencial , me llamó por teléfono y todo OK .
Con la que está cayendo , saturación SEPE hice lo que me dijo
#19
Re: Renovación de subsidio para mayores de 52
#20
Re: Renovación de subsidio para mayores de 52
En el SEPE la cl@ve permanente y el certificado digital/DNI electrónico son equivalentes, no hay nada que no puedas hacer con la primera y si con los segundos.
En otros organismos te puedo decir, por experiencia, que el registro electrónico común (rec.redsara.es) no permite registrar documentos con cl@ve (solo consultas) y sólo permite registrar con certificado digital/DNI electrónico. El Certificado digital / DNI electrónico es válido en cualquier administración y la Cl@ve sólo en la administración del estado. Por ahora son las diferencias que conozco, pero seguro que hay alguna más.
En otros organismos te puedo decir, por experiencia, que el registro electrónico común (rec.redsara.es) no permite registrar documentos con cl@ve (solo consultas) y sólo permite registrar con certificado digital/DNI electrónico. El Certificado digital / DNI electrónico es válido en cualquier administración y la Cl@ve sólo en la administración del estado. Por ahora son las diferencias que conozco, pero seguro que hay alguna más.