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Segunda prorroga en contrato por circunstancias de la producción ¿ está permitido? - derecho laboral

3 respuestas
Segunda prorroga en contrato por circunstancias de la producción ¿ está permitido? - derecho laboral
Segunda prorroga en contrato por circunstancias de la producción ¿ está permitido? - derecho laboral
#1

Segunda prorroga en contrato por circunstancias de la producción ¿ está permitido? - derecho laboral

Buenas tardes.

¿ Se puede hacer una segunda prorroga en un contrato 402 si no se ha superado el tiempo máximo que marca el convenio?

Yo tenía entendido que no y de hecho si envío la prorroga me indica Número máximo de prorrogas superado, he hablado con una persona que trabaja en una Gestoría y me ha indicado que si es posible realizarlo. En mi convenio laboral aplica lo siguiente:

 2. Contrato eventual por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos. La duración máxima de estos contratos será de 12 meses, dentro de un período de 18 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Si se conciertan por menos de 12 meses, pueden ser prorrogados por acuerdo de las partes, pero sin exceder la suma de los períodos contratados los 12 meses y dentro del período de 18 meses de límite máximo.

Si alguien me pudiese ayudar se lo agradecería mucho
#2

Re: Segunda prorroga en contrato por circunstancias de la producción ¿ está permitido? - derecho laboral

Puedes hacer un nuevo contrato de duración temporal, pero NO puedes prorrogar el contrato vencido ya prorrogado.
Eso implica varias cosas:
La que en principio más podría importarte es que el trabajador sigue siendo temporal y no fijo.
La segunda, que como NO es una prorroga de un contrato en vigor, sino uno nuevo, el trabajador puede no querer firmarlo.
En tal caso, si el trabajador no quiere seguir, le corresponde la indemnización por finalización de contrato de duración temporal (12 días /año), y NO es baja voluntaria, sino extinción de contrato (tiene derecho al paro).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Segunda prorroga en contrato por circunstancias de la producción ¿ está permitido? - derecho laboral

Buenas noches

Muchísimas gracias por contestarme y ayudarme.

Por más que leía en leyes, veía que no se podía efectuar una segunda prorroga en contratos eventuales y quería resolver mi duda al 100%, así que mi empresa tendrá que realizar una conversión de contrato para que todo sea legal.

Gracias 


#4

Re: Segunda prorroga en contrato por circunstancias de la producción ¿ está permitido? - derecho laboral

Antes se hacía, y hasta cierto punto era legal.
Luego se ha seguido haciendo, por hábito, por vicio, por ignorancia, o sabiendo que es fraude pero el trabajador no lo pelea.
Y sí, mientras la cosa funciona, pues funciona. Y si llega el problema y la cosa se va a lo jurídico, muchas veces acaba en fraude de ley, y costes elevados.

En todo caso una cosa es la duración de UN contrato de duración temporal, y otra cosa, relacionada pero independiente es la conversión a indefinido.
Puedes pasar, al momento del vencimiento del contrato o su prorroga, por convertirlo explicitamente en indefinido. O puede hacer OTRO nuevo contrato temporal. Eso sí, cuando la cosa acumule 24 meses en un periodo de 30 meses, el contrato pasa a ser fijo. Lo escribas o no lo escribas.

Ejemplo, según el convenio que tienes:
Contratas temporal 01/01/xxxx por seis meses, y prorrogas otros 6. Llegas al tope de 12 meses.
Puedes hacer dos cosas:
a.- Te esperas 6 meses, y al momento 18 meses más 1 día, vuelves a contratar al mismo trabajador por la misma causa.
b.- A los 12 meses y 1 día, formulas un nuevo contrato temporal, pero por otra causa (importante, que sea real). Con su prorroga, acumulas otros 12 meses.

Aquí pueden suceder dos cosas:
a.- Te esperas 6 meses sin contratar, y al momento 30 meses y 1 día vuelves a contratar al mismo trabajador por cualquiera de las dos causas iniciales.
b.- Lo conviertes en fijo indefinido.

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