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El incentivo al empleo es una "mejora" en el sistema de minoración del IMV que te corresponde por el cual, si cumples varias condiciones, se te aplica una bonificación a los ingresos obtenidos que deben restarte, de forma que en lugar de restarte la totalidad de tus ingresos del año pasado para calcular el IMV que te corresponde, te pueden "bonificar" hasta un cierto máximo de los mismos y no restártelos íntegramente como ocurría hasta 2022 inclusive.
Esto quiere decir que, por ejemplo, si tú en 2021 cobrabas IMV y trabajaste obteniendo 4500 euros de ingresos, en la revisión de finales de 2022 del IMV te dejaban con efecto retroactivo de ese año 2022 un IMV del máximo de tu unidad de convivencia menos dichos ingresos obtenidos y declarados el 2021, bajándote evidentemente el IMV y además generando cobros indebidos que reclamarían más tarde... con el sistema de cálculos de incentivos al empleo, en caso de reunir ciertas condiciones y revisando también tus ingresos no solo del año anterior, sino del penúltimo, igual podrían "bonificarte" parte de esos 4500 euros que te quitarían, para que te quitasen algo menos ¿comprendes?
El sistema de incentivos y su funcionamiento está determinado por los criterios definidos en https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-15764 e incluso la Seguridad Social ofrece un simulador donde, tras la introducción por tu parte de la información que te pide, puedes pseudosimular si te verías o no beneficiado, el cual lo tienes en https://imv.seg-social.es/assets/SimuladorIncentivoEmpleo.html y, en el caso de que quieras profundizar, tienes muy buen material en este otro hilo antiguo: https://www.rankia.com/foros/economia/temas/5718238-incentivo-empleo-explicao-ingreso-minimo-vital?page=1
En la práctica, quienes se ven beneficiados por dicho sistema de cálculos por cumplir los requisitos que dan derecho a que se les pueda aplicar en sus cálculos (que es haber tenido ingresos el año pasado superiores a dos mil euros y que los mismos sean superiores a los del año anterior, siendo la diferencia entre ambos ingresos el máximo que como mucho y con suerte te pueden bonificar) les repercute en que no tengan que devolver todo el dinero obtenido por su trabajo declarado en el IRPF al serles descontado de su IMV actual y luego requerido como cobros indebidos, sino tan solo una parte de dichos ingresos.
Y es que, en definitiva, utilizan nombres tan rimbombantes como "incentivo al empleo del IMV" para que suene bonito y parezca lo que no es, que en realidad es "una reducción sobre lo que te íbamos a quitar del IMV por haber trabajado el año pasado gracias a que cumples varios requisitos" (por ejemplo)
Esto quiere decir que, por ejemplo, si tú en 2021 cobrabas IMV y trabajaste obteniendo 4500 euros de ingresos, en la revisión de finales de 2022 del IMV te dejaban con efecto retroactivo de ese año 2022 un IMV del máximo de tu unidad de convivencia menos dichos ingresos obtenidos y declarados el 2021, bajándote evidentemente el IMV y además generando cobros indebidos que reclamarían más tarde... con el sistema de cálculos de incentivos al empleo, en caso de reunir ciertas condiciones y revisando también tus ingresos no solo del año anterior, sino del penúltimo, igual podrían "bonificarte" parte de esos 4500 euros que te quitarían, para que te quitasen algo menos ¿comprendes?
El sistema de incentivos y su funcionamiento está determinado por los criterios definidos en https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-15764 e incluso la Seguridad Social ofrece un simulador donde, tras la introducción por tu parte de la información que te pide, puedes pseudosimular si te verías o no beneficiado, el cual lo tienes en https://imv.seg-social.es/assets/SimuladorIncentivoEmpleo.html y, en el caso de que quieras profundizar, tienes muy buen material en este otro hilo antiguo: https://www.rankia.com/foros/economia/temas/5718238-incentivo-empleo-explicao-ingreso-minimo-vital?page=1
En la práctica, quienes se ven beneficiados por dicho sistema de cálculos por cumplir los requisitos que dan derecho a que se les pueda aplicar en sus cálculos (que es haber tenido ingresos el año pasado superiores a dos mil euros y que los mismos sean superiores a los del año anterior, siendo la diferencia entre ambos ingresos el máximo que como mucho y con suerte te pueden bonificar) les repercute en que no tengan que devolver todo el dinero obtenido por su trabajo declarado en el IRPF al serles descontado de su IMV actual y luego requerido como cobros indebidos, sino tan solo una parte de dichos ingresos.
Y es que, en definitiva, utilizan nombres tan rimbombantes como "incentivo al empleo del IMV" para que suene bonito y parezca lo que no es, que en realidad es "una reducción sobre lo que te íbamos a quitar del IMV por haber trabajado el año pasado gracias a que cumples varios requisitos" (por ejemplo)
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