Si es así, con esas cifras que indicas, sí... y si además te puedes beneficiar de los cambios legislativos que supone la aplicación de incentivos al empleo, pues mejor en tu caso; en el pago del IMV de noviembre estará actualizado y verás como se te ha quedado... Suerte.
Un método de cálculo que emplea la Seguridad Social en caso de que cumplas ciertos requisitos, por el cual no te descuentan de tu IMV anual para tu unidad de convivencia el total de los ingresos obtenidos el año anterior (como siempre ha ocurrido), sino solo una parte de los mismos. Tienes toda la información y detalles en https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-15764
Noviembre está siendo el mes en el que, desde hace unos años, el IMV ya lo cobramos con dicha revisión de ingresos, por eso es muy habitual "llevarnos sustos" a finales de dicho mes cuando el banco nos ingresa el IMV, tanto de alegría (por habernos subido y abonado los ATRASOS de todo el año o si solo ha sido el mes saber que nos pagarán ATRASOS más adelante) como de tristeza (por habernos bajado y entender que tendremos COBROS INDEBIDOS que nos reclamarán más adelante, en uno o dos años).
También es bastante común que nos pongamos cada uno a obtener a finales de octubre o primeros de noviembre un certificado integral de prestaciones https://youtu.be/NpPCRHKlBWM porque ya suele venir reflejada la nueva cuantía y así estar preparados.
Pues ya te hemos dicho que, si tu unidad de convivencia es la que citas y todos tus ingresos (descontando el IMV percibido en 2023) los que has indicado, y no percibes pensión de alimentos del menor u tienes otras cosas que te puedan descontar del IMV, te asignarán también el IMV de oficio, además del complemento a la infancia que percibes ahora mismo.
Estate pendiente de sacarte un certificado integral de prestaciones a finales de octubre o primeros de noviembre, a ver si te refleja alguna novedad en las cuantías que refleje en la sección importes al cobro resumen o desglosado... si sacas uno ya mismo solo te pondrá que percibes el complemento a la infancia, frente al que puedas sacar más adelante que ya te reflejaría el IMV mensual asignado.
Claro la diferencia del máximo que te pertenece de los ingresos que has tenido....todo esto contando que no tengas pensión de alimentos asignada .sino tmbn es un ingreso computable . Y muchas más cosas que son computables y no aparecen en la declaración de la renta