#13036
#13037
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
MDe la web de la seguridad social
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7
Haces clic en requisitos y pone 44.777,96 el tope. Por eso mi duda.
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7
Haces clic en requisitos y pone 44.777,96 el tope. Por eso mi duda.
#13038
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
#13039
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
#13040
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
#13041
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Y es lo que le dije si lees el comentario he dicho incluirlos en descendientes y después en la última página le da opción a hacerla conjunta o individual.asi que primero hay que leer bien y entender el comentario que he puesto. Además le hice varios comentarios.uno fue hacerla todos juntos y otro ella con los hijos y el por separado.
#13042
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
#13043
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
#13044
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Eso no es así .yo llevo haciendo mi declaración desde los 18 años ...soltera ... después me casé y yo hacía la mía sola y mi marido la suya ..... después a medida que fui teniendo a mis hijas las fui incluyendo en MI declaración y el seguía haciendo la suya ... evidentemente en el apartado de cónyuge tienes que poner sus datos pero son solo informativos no quiere decir que lo incluyas en la declaración,ojo donde pone cónyuge no declarante número 2 ....que es diferente....y después me divorcie y el primer año que la hice estando ya divorciada lo tuve que poner a él como cónyuge aunque de ese año que se hacía la declaración solo estuve casada 1 mes y 6 días... así que se bien de lo que le he explicado hay 4 formas bueno 5 de hacerla
Primera los dos como matrimonio y los hijos conjunta
Segunda los dos como matrimonio y los hijos individual.
Tercera ella la suya incluyendo a los hijos y dándole a conjunta o individual
Cuarta el la suya incluyendo a los hijos y dándole a conjunta o individual
La quinta es la menos factible que sería de forma individual cada uno pero dado que los menores no tienen ingresos es un absurdo hacerla de esa manera .
Así que de las formas que yo le he dicho está bien hecha la declaración de la renta .
Que tú creas que es así ...puede ser pero ya te digo que todas las formas que te puesto son factibles normalmente si se trabaja se hace la que mejor en cuenta salga o sea la que más dinero le puedan devolver
Primera los dos como matrimonio y los hijos conjunta
Segunda los dos como matrimonio y los hijos individual.
Tercera ella la suya incluyendo a los hijos y dándole a conjunta o individual
Cuarta el la suya incluyendo a los hijos y dándole a conjunta o individual
La quinta es la menos factible que sería de forma individual cada uno pero dado que los menores no tienen ingresos es un absurdo hacerla de esa manera .
Así que de las formas que yo le he dicho está bien hecha la declaración de la renta .
Que tú creas que es así ...puede ser pero ya te digo que todas las formas que te puesto son factibles normalmente si se trabaja se hace la que mejor en cuenta salga o sea la que más dinero le puedan devolver
#13045
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Ya pero yo quiero saber cual es el umbral para dos adultos y dos menores para el complemento de ayuda a la infancia que según la web de la seguridad social son 44 mil y algo y en la web de revista de la seguridad social marca 41 mil hay una diferencia notable. Cual es entonces la real? Gracias
#13046
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Es 3 veces la renta garantizada para tu unidad familiar... Tú renta garantizada para tu unidad familiar son 1.148 eur al mes 13.776 al año esa cantidad se multiplica por 3.... el límite de ingresos para la ayuda a la infancia para tu unidad familiar son 41.328
#13047
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Pues lo que yo le he dicho , y los 44.000 y pico son de patrimoniobsin contar la vivienda habitual, por otro lado ,estan obligados si llamo a la segurida social a decirme el importe que voy a cobrar este mes?? O en el banco puedo llmaar haber sibsaben lo que les mandan para pagarme??
#13048
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
No no están obligados en el INSS a dar datos de cuantías y menos por teléfono,está la protección de datos y según quién toque así te dirá algo o no.
En el banco como tal tampoco están obligados a decirte el importe de pueden limitar a decir que hay un abono pendiente de ingreso pero cantidad no sino quieren .
Y otro detalle el INSS cierra nóminas los días 10 si pero ese dinero a los bancos solo les llega entre el 20/22 del mes hasta a partir de ese día el banco no tiene datos de nada .
En el banco como tal tampoco están obligados a decirte el importe de pueden limitar a decir que hay un abono pendiente de ingreso pero cantidad no sino quieren .
Y otro detalle el INSS cierra nóminas los días 10 si pero ese dinero a los bancos solo les llega entre el 20/22 del mes hasta a partir de ese día el banco no tiene datos de nada .
#13049
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Pero para el complemento de ayuda a la infancia, si se actualiza con el ipc será más alto, no? Que jaleo gracias
Es que para el imv es un umbral y para el complemento es otro mucho mayor, por eso
Que se calcula con el bruto de la nómina? O el neto? Hay alguna casilla en la declaración para saber el cálculo? Gracias
Es que para el imv es un umbral y para el complemento es otro mucho mayor, por eso
Que se calcula con el bruto de la nómina? O el neto? Hay alguna casilla en la declaración para saber el cálculo? Gracias
#13050
Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Ya está con el IPC... Y no para el IMV el límite de ingresos son para tu unidad familiar 13.776 y para la ayuda a la infancia 41.328 no hay ningun lio