Re: Declarar los depositos
Bueno, vayamos por partes.
Si se trata de depósitos contratados en entidades españolas o sucursales de entidades extranjeras que operen en España, no tienes que incluir ningún dato puesto que la retención correspondiente ya se te habrá practicado en el momento del cobro de intereses y por lo tanto, ya te aparecerá en los datos fiscales y en las casillas correspondientes de la Declaración:
Rendimientos del capital mobiliario (casilla 23 y siguientes) y Retenciones por rendimientos del capital mobiliario (casilla 534).
Simplemente comprueba que los datos son correctos.
Si por el contrario se trata de depósitos realizados en el extranjero, sí que tendrás que incluir los datos en la Declaración para informar a la Agencia Tributaria y tributar por los intereses recibidos.
En el caso de que no tengas obligación de presentar la Declaración, solicita el borrador de todas formas y ya luego miras si te conviene o no presentarla. Incluso podría interesarte presentarla y cobrar la retención practicada al depósito y demás IRPF retenido, en el caso de no llegar al mínimo personal del contribuyente (5.550€).
Saludos.
Re: Declarar los depositos
Quizá este artículo te sirva para completar la información que te ha dado el usuario Duende Colorao: ¿Cuál será la fiscalidad del ahorro en 2016?
Re: Declarar los depositos
Re: Declarar los depositos
Re: Declarar los depositos
Re: Declarar los depositos
Hola a todos. Os comento unas dudas sobre la declaracion de los depósitos, a ver si entre todos me podéis echar una mano :
1. Los depósitos, si no llegan a 50.000€ el dinero depositado, no se hace modelo 720. Se declara en la declaración de la renta,y ya está. ¿ No es así?
2. Si los rendimientos del depósito son hasta 6.000€, tributas el 19%. Pero ¿ esos 6.000€, o 5.9000€, se refieren a la tributacion total del depósito durante los años que lo tengas, o anual? Es decir : yo tengo un depósito a 4 años que recibo los rendimientos de forma anual. Durante esos 4 años me dan de rendimiento 2.000€/brutos/año. Y el 4 año también. Entonces,¿ ese 4° año, me harían un ajuste del IVA porque el total del depósito ha sido de 8.000€,o no lo harian porque mis rendimientos han sido de 2.000€ anuales, y por tanto, no lo he sobrepasado? Muchas gracias a todos.