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Consulta nómina ficticia

8 respuestas
Consulta nómina ficticia
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#1

Consulta nómina ficticia

Soy el administrador de mi empresa y puedo enviar las nominas a mi mismo y a los empleados. Si tengo una nomina de 1000 € reales y me envio varias nominas en un mes que superen los 1000€ o una de 3000 € ¿Tendra problemas la empresa con Hacienda? ¿Se fijan en esto? ¿Que problemas acarreara?

#2

Re: Consulta nómina ficticia

Te puedes poner los ingresos que quieras todos los meses,tanto para ti como para tus empleados;la empresa contabilizará estos pagos como gastos y efectuará las rentenciones correspondientes.
Tus empleados y tú, estaréis obligados a incluir en la declaración de la renta,la suma de todas las cantidades percibidas y reflejadas en esas nóminas.

#3

Re: Consulta nómina ficticia

Aumentaras los gastos sociales de la empresa y las retenciones e impuestos de los empleados. Ademas crearas un desfase en la contabilidad real y deberias crear dinero negro (mas gastos de los reales por tanto caja negra), y ademas preguntar por aqui como estafar a hacienda es una manera facil de hacer que te pongan bajo vigilancia.

#4

Re: Consulta nómina ficticia

Hombre, no es estafar, solo que queria aprovechar las cuentas nominas.

#5

Re: Consulta nómina ficticia

No creo que sea una estafa, ya que lo que a fin de cuentas lo que haces es pagar más a la seguridad social y a hacienda (lo que sería fraudulento -y por tanto delictivo- sería lo contrario, declarar en nómina menos de lo que realmente les pagas). Lo que no tengo tan claro es si te merece la pena o no.

#6

Re: Consulta nómina ficticia

Mira, como poder te puedes enviar desde tu empresa tantas transferencias con el concepto nómina o directamente como nómina siempre que quieras y no contabilizarlas (por tanto no realizar retenciones y pagar a la SS). Eso si tienes que volver al ingresar ese importe en la cuenta de la empresa. Movimientos ficticios.

Lo que veo más complicado y con los seguimientos de blaqueo de capitales que realizan los bancos actualmente que movientos de ingreso y salida por el total (para resarcir el saldo de la empresa) o salidas extrañas que no concuerdan con una cuenta normal no te la bloqueen o te pregunten en la sucursal sobre el funcionamiento de la misma. Actualmente aparte de lo que puedan ver los trabajadores de las oficinas bancarias utilizan consultas que les indican estos movimientos extraños de capitales.

Yo estoy de acuerdo con una de las respuestas donde te indican que no te merece la pena. Por otra parte te quitas problemas y es más saludable realizar las cosas de una manera correcta. El que hace chanchullos normalmente siempre acaba mal y esto no si llegaría acaso a la clasificación de chanchullo.

#7

Re: Consulta nómina ficticia

Disiento totalmente de esas respuestas que afirman que es ilegal que tu o tus empleados cobréis en nomina más o menos dinero.
El cobro de un salario a través de la nómina es lo mas legal del mundo.
Todos los pagos que la empresa efectúa a través de la nómina,tanto a tí como administrador como a tus empleados,son pagos oficiales y completamente legales.
Todos estos pagos la empresa los contabiliza como costes salariales.
Todos los salarios que pagues a tus trabajadores a través de la nómina,computarán en la liquidación de cuotas a la seguridad social y a estos en su declaracion de ingresos para la declaración del IRPF anual.
A tí como autónomo no te repercute en aumento de cuotas al RETA,solo deberás declarar todos tus ingresos al realizar la declaración de IRPF.
Eres libre de cobrar a través de una nómina la cantidad que quieras,tú y tus trabajadores; el único requisito que te exige la Ley es que debeis tributar, tu y tus trabajadores, por todas las cantidades que percibáis

#8

Re: Consulta nómina ficticia

La fórmula legal, y si es algo bien acotado, es la del anticipo salarial. Hay lo del anticipo salarial devengado, del art. 29 del ET (aunque tú, como administrador, quedas fuera legalmente del ET), y hay jurisprudencia de trato similar a anticipos no devengados:
http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=2559642&links=&optimize=20040403

¿Que dice el convenio colectivo de tu sector?

Lo que se salga de aquí, o es mayor sueldo (tributas IRPF 35 % de retención), o es préstamo de la empresa (salario en especie si intereses diferentes a mercado), y además, es una operación vinculada. O directamente incluso podría ser administración desleal, por retirar caudales propios de la sociedad hacia tu bolsillo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!