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Duda fiscal (IRPF)

1 respuesta
Duda fiscal (IRPF)
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#1

Duda fiscal (IRPF)

Hola a todos,

Tengo una duda. A ver si alguien puede ayudarme. Ahí va:

¿Son deducibles de mis rentas las cuotas abonadas por mi como consecuencia del convenio especial acordado con la seguridad social tras un proceso de despido laboral?

Gracias.

P.D. Resido en Guipúzcoa. No sé si eso cambia las cosas ya que aquí no dependemos de la A.E.A.T

#2

Re: Duda fiscal (IRPF)

No se cual será exactamente la ley foral, pero lo que considera la AEAT es lo siguiente:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS R.D.LEG 3/2004
CAPITULO: RENDIMIENTOS DEL TRABAJO
SUBCAPITULO: GASTOS DEDUCIBLES
REFERENCIA: 125582-COTIZACIONES AL CONVENIO ESPECIAL CON LA SEGURIDAD SOCIAL

PREGUNTA: Tratamiento fiscal que debe darse a las cotizaciones efectuadas a la Seguridad Social por el Convenio Especial

RESPUESTA: El Convenio Especial de la Seguridad Social, se configura como un acuerdo suscrito voluntariamente por los trabajadores con la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de generar, mantener o ampliar, en determinadas situaciones, el derecho a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social, y con la obligación de abonar a su exclusivo cargo las correspondientes cotizaciones.

Por otra parte, la cotización por Convenio Especial será obligatoria desde la fecha de efectos del Convenio Especial y mientras se mantenga la vigencia del mismo.
De lo anterior se desprende que las cotizaciones por Convenio Especial con la Seguridad Social tendrán el tratamiento de gastos fiscalmente deducible de los rendimientos del trabajo, pudiendo resultar el rendimiento neto negativo, si el contribuyente no obtiene por este concepto ingresos íntegros que superen las cuotas abonadas.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!