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Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas

30 respuestas
Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas
Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas
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#1

Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas

Hola a todos. A ver cómo lo explico:

Somos una familia con varias empresas donde cada uno de nosotros tenemos más o menos diversificado sus tareas y responsabilidades.

En Agosto de 2007 firmamos un préstamo al promotor para una pequeña promoción de 6 viviendas aprovechando un antiguo solar nuestro que teníamos sin uso. Bien, en las escrituras aparece un plazo de amortización de 32 años con dos años de carencia.

En Agosto de 2009 se realiza y firmamos una novación donde se amplía un año más la carencia y se mantiene el plazo de 32 años para la amortización.

Como apuntaba arriba, yo en esos momentos estaba a cargo de otra empresa pero a finales de 2010, mi hermana se tiene que ausentar y empiezo yo a llevar el control de la promoción y el trato con el banco.

Cuál es mi gran sorpresa cuando veo que el Banco de Santander nos está aplicando un periodo de amortización de 12 años en vez de los 32 que aparecen en escrituras. Me voy a ver a la directora y me dice que lo que ellos tienen está bien. Entonces le enseño las dos escrituras del préstamo (inicial y novación) además de las notas simples de las fincas que nos quedan por vender y le hago ver que en todos sitios pone como plazo el de 32 años. Me vuelve a insistir en que eso debe de ser un error de alguien (no de ellos) porque además el banco no tiene ningún producto para promociones que se amortice en tanto tiempo, que hablará con el departamento jurídico a ver qué hay que hacer pero que habría que hacer unas escrituras de subsanación para poner en escrituras que en vez de 32 el plazo es de 12.

Yo lógicamente le digo que ni por asomo vamos a firmar nada y que lo que quiero es que se aplique lo que está firmado y elevado a público ante un notario y registrado en el registro de la propiedad por su propia gestora del banco(lo consulté antes con el notario).

La tipa me dice que no me equivoque que como me meta en pleitos con el banco llevo todas las de perder.

La diferencia es que estoy pagando mensualmente más de 5.000 € de hipoteca y si me aplicaran lo firmado, no llegaría ni a los dos mil...

¿Qué me recomendáis? Muchas Gracias.

#2

Re: Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas

Vale la pena ponerlo en manos de un abogado, pero si está elevado a público parece tienes todas las probabilidades de ganar. Quizás te convenga pleitear, si ganas se comen los gastos del juicio...

Un saludo

#3

Re: Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas

la frase " no te equivoques" ya lo deja todo claro, comprueba lo firmado (que ya lo habras hecho), y para adelante via abogdo, o sea se equivocan a su favor te das cuenta de ello y los avisas, y se ponen en ese plan, suerte

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......

#4

Re: Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas

Pedrovera te aporta la clave. "No te equivoques....", alguien que dice eso ya se ha descalificado. Si tienes los documentos notariales firmados y sellados por el notario creo que tienen todas las de perder porque, salvo que esté equivocado, eso es relamente lo que define la relación contractual, no la define su base informática, ni su servicio jurídico, ni la directora. Lo regula lo que se firmó en el notario, que para eso se hace ahí y no en la tienda de chacinas de la esquina.

Dicho esto, creo que lo primero sería dejar de hablar con esta señora. Envíale por escrito la solicitud de que te aplique lo firmado en la escritura tal, firmada por el banco en fecha tal, por el notario tal, y que te devuelvan lo cobrado indevido. Le das de plazo 15-30 días y le informas que de lo contrario procederas a demandar al banco, solicitando además de lo escrito los posibles daños punitivos, compensatorios y perjuicios ocasionados por incumplimiento de lo pactado en el notario.

Si no hacen caso (cosa que dudo mucho) sería cuestión de que lo estudie un abogado a ver que os dice, si lo ve muy claro (por el tema de estar firmado en notario y tal...) yo "tiraría" para adelante, si pierden podrían condenarlo a devolver lo cobrado, daños y perjuicios y evidentemente las costas que van para ellos.

Suerte y nos cuentas como acaba la cosa, que aprendamos todos.

salu2.

Método, disciplina y tiempo

#5

Re: Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas

Estuve reunido con el jefe de riesgos del banco y me siguen insistiendo en que hay un error, que hay que hacer una escritura de subsanación porque toda la documentación interna que ellos tienen aparece el plazo de 12 años y no el de 32.

Les insistí en que se firmó 32 años en dos ocasiones ante un notario y que allí había un representante del banco que escuchó los 32 años y no dijo nada.

Estoy un poco asustado, porque tenemos otros dos préstamos con ellos de otra sociedad nuestra y temo que me puedan "putear" en un futuro.

¿Puedo dejar de pagar el préstamo mientras se aclara si me lo ponen o no a 32 años?

Gracias.

#6

Re: Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas

un placer volver a verte, en tu caso vale la pena una consulta a un buen abogado, te saldra barato y te podra ayudar, la logica dice que si pone 32 años sea eso en lo que tengas que devolverlo, si hubiera sido al contrario te digo que el banco ya te habria apretado, yo no firmaria nada de nada y menos sin un buen abogado, suerte y se solucione pronto

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......

#7

Re: Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas

Pues si en la baraja hay 4 ases, tú tienes 3 y medio. No te digo más.

Evidentemente, intenta llegar a un acuerdo con ellos para evitar malos rollos, pero son TREINTA Y DOS AÑOS, aquí y en Cuenca.

Espero que le hayan cantado las cuarenta al apoderado que firmó por parte del Santander....

#8

Re: Santander me aplica plazo amortización distinto (menor) a escrituas

Lo normal en los préstamos a promotores es que se establezcan dos plazos de amortización diferentes. Uno, más corto, para el promotor, una vez finalizado el periodo de carencia, si no ha conseguido vender, y otro, más largo, para los adquirentes subrogados.

Mira si en la escritura se establece algo así como esto:

SEGUNDA.- Amortización.
I.- Plazo.
El plazo máximo de duración del presente préstamo será de _________ años, a contar desde la fecha de esta escritura, sin perjuicio de lo pactado a continuación.
Este plazo consta de dos períodos:
A) Periodo de carencia:
Este período tendrá una duración de ____________ meses a contar desde la fecha del otorgamiento de la presente escritura. Durante este período, habrá carencia en la amortización del capital del préstamo, por lo que el prestatario únicamente estará obligado a satisfacer intereses por las cantidades dispuestas. En todo caso, este periodo de carencia finalizará, respecto de cada subrogación, en el momento en que se produzca la misma en la fracción del préstamo e hipoteca correspondiente a cada finca enajenada.

B) Periodo de amortización:
1º. - Periodo de amortización del promotor.
Terminado el periodo de carencia, el promotor iniciará la amortización del préstamo durante los__________ siguientes, mediante el pago de ____ cuotas mensuales sucesivas, comprensivas de capital e intereses, que vencerán cada uno de los días ______ de cada mes, siempre que durante este periodo no se haya producido la subrogación de los adquirentes.
2º. - Periodo de amortización del adquirente subrogado.

Como ves, pueden ser distintos los plazos de amortización para el promotor (10?) y para el adquirente final (30?).

Si es este vuestro caso, soluciones, pocas: Vender a un tercero adquirente (joder, que fácil y pronto lo digo!!!) o comprar los socios las viviendas a titulo particular.

S2