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Casillas 400-401-458... ¿Cuál rellenar?

14 respuestas
Casillas 400-401-458... ¿Cuál rellenar?
Casillas 400-401-458... ¿Cuál rellenar?
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#1

Casillas 400-401-458... ¿Cuál rellenar?

De estas tres casillas donde imputar perdidas patrimoniales,cual se ha de rellenar?¿todas o solo 400-401?...

#2

Re: Casillas 400-401-458...CUAL RELLENAR.

A ver si puedo resumir todas las casillas que son posibles:

- Pérdidas no derivadas de ventas (por ejemplo devolución de subvenciones, siniestro en el hogar,...). Casilla 313.

- Pérdidas por ventas de participaciones en fondos de inversión. Casilla 323.

- Pérdidas por ventas de acciones negociadas en mercados oficiales. Rellenar desplegable casilla 342. Te aparecerán, las que puedes aplicar según la normativa en la casilla 347.

- Pérdidas por ventas de otros elementos patrimoniales. Casilla 369.

- Péridas derivadas de ventas en años anteriores que no se pudieron aplicar (normalmente por recompra) y se pueden aplicar este año. Casilla 401.

- Las casillas 451 y 453 se utilizan para introducir saldos negativos pendientes de compensación de los últimos ejercicios, de ganancias y pérdidas que formaban parte de la base general. Así irán los saldos negativos de 2007 de ganancias y pérdidas no derivadas de transmisiones y los saldos negativos de 2004, 2005 ó 2006 de ganancias y pérdidas con un período de generación de un año o menos.

- La casilla 458 se utiliza para introducir saldos negativos pendientes de compensación de los últimos ejercicios, de ganancias y pérdidas que formaban parte de la parte especial de la base o de la base del ahorro, por tanto saldos negativos de ganancias y pérdidas derivadas de transmisiones de 2007 y saldos negativos de ganancias y pérdidas de 2004, 2005 y 2006 con un período de generación superior a un año.

Y me parece que no me dejo ninguna.

Saludos.

#3

Re: Casillas 400-401-458...CUAL RELLENAR.

Me refiero a perdidas patrimoniales derivadas de acciones de mercados oficiales, es decir, en 2007 tuve perdidas en la venta de las acciones que tenia y creo que se pueden imputar en esta declaracion,lo que no sabia si lo que se rellena son las casillas 400-401 o la 458 tambien o ambas inclusive ya que me da resultados distintos.

#4

Re: Casillas 400-401-458...CUAL RELLENAR.

Si esas pérdidas de 2007 te quedaron pendientes porque no tuviste ganancias suficientes para compensarlas (es lo que pienso) debes de emplear la casilla 458.

Si estoy equivocado y te quedaron pendientes porque no las pudiste aplicar por recompra de valores homogéneos, y en 2008 has vendido los valores recomprados, entonces es cuando empleas la casilla 401.

Saludos.

#5

Pérdidas patrmoniales generadas

Antes del 31/12/2006 generadas en un periodo igual ó menor a un año.
Estas pérdidas las pude desgravar en la declaración de la renta de 2007 en la base imponible general, lo que me planteo es si estas pérdidas las puedo volver a desgravar este año, ó en el caso de que no se hayan superado el 25% de los rendimientos de trabajo del 2007 no es posible

gracias

#6

Re: Pérdidas patrmoniales generadas

Si ya las compensaste el año pasado no puedes volver a compensarlas este año. Si es que todavía te quedaron pendientes de compensar parte de esas pérdidas, esa parte que no pudiste compensar lo puedes hacer este año, primero con saldos positivos de ganancias y pérdidas no derivadas de ventas y luego con las rentas generales, con el límite del 25% de dichas rentas (casillas 451 y 453).

Saludos.

#7

Re: Casillas 400-401-458...CUAL RELLENAR.

- Pérdidas por ventas de acciones negociadas en mercados oficiales. Rellenar desplegable casilla 342. Te aparecerán, las que puedes aplicar según la normativa en la casilla 347.
Hola Rodrigo, aqui se incluyen Ganancias y perdidas en Warrants y CFDs? Es que en los datos fiscales que me he descargado de la pagina de la AEAT me aparecen unos warrants como si fueran acciones: Emisor: Societe Generale Declarante: Banesto Bolsa Fecha: ... Valor: Acciones Importe venta: ...
#8

Re: Casillas 400-401-458...CUAL RELLENAR.

Las ganancias o pérdidas que hayas realizado en 2008 por venta, tanto las de cfd's, como la de warrants las tienes que incluir en las casillas 360 a 385. Indicar que a los warrants les son aplicables la normativa antiaplicación de pérdidas por recompra de valores homogéneos, pero a los cfd's no.

Saludos.