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¿Se pueden cobrar intereses de depósitos sin tener cuenta corriente en ese banco?

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¿Se pueden cobrar intereses de depósitos sin tener cuenta corriente en ese banco?
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¿Se pueden cobrar intereses de depósitos sin tener cuenta corriente en ese banco?
#1

¿Se pueden cobrar intereses de depósitos sin tener cuenta corriente en ese banco?

Os digo, tengo una serie de depositos en un banco que no quiero cancelar pero me quiero deshacer de las comisiones vinculadas a la cuenta corriente. Como se que no voy a conseguir nada reclamando directamente me apetece cerrar la cuenta y santas pascuas. ¿Se pueden cobrar los intereses por caja? ¿Pueden negarse a pagarmelos?
Por otra parte, se dice que segun el Bde "no procede" cobrar comisiones cuando la cuenta solo se usa para abonar intereses de depositos e hipotecas. ¿Pero si ademas tienes fondos?

 

#2

Re: ¿Se pueden cobrar intereses de depósitos sin tener cuenta corriente en ese banco?

A la primera la respuesta es no, porque no te van a aceptar el trato.

A la segunda sobre las comisiones depende, hasta 29/04/2012 el criterio (*) del Banco de España era absolutamente claro, pero a partir de esta fecha, eso "depende" como diría Pau Donés (Jarabe de Palo) 

(*) Esto que dices de "no procede", se trata de una simple "recomendación" de dicho Banco de España, que normalmente se cumple, sin embargo obligación legal de cumplirla no existe.

Bien, a partir del 29 de abril de 2012:

http://www.yoreklamo.com/documentos/22 ver esta parte:

De acuerdo con la normativa general de transparencia de las operaciones bancarias del 29/04/2012, ESTA COMISIÓN SOLO ES RECLAMABLE EN DETERMINADAS CONDICIONES:

1 – Vinculadas a depósitos o préstamos formalizados antes del 29/04/2012.

2 – Que las operaciones vinculadas realizadas con posterioridad, no figure en el contrato el coste de estas comisiones.

 

¿Esto que significa? Muy simple, si en el contrato de imposición a plazo no se indica nada de las comisiones dela cuenta vinculada, y consecuentemente dicho gasto a cargo del cliente, no viene reflejado en el TAE de la operación, ES PERFECTAMENTE RECLAMABLE, y normalmente tendrás éxito en ello (abono).

 

¿Cuántas puedes reclamar? Pues todas las cobradas en los últimos 2 años, si te interesa, ahí en el enlace tienes un modelo que tiene en cuenta todo esto en sus argumentos. 

Guía Básica