Cancelar cuenta con tres titulares si uno de ellos no quiere
Buenas tardes. ¿Se puede cancelar una cuenta corriente que tiene tres titulares aunque uno de ellos se niegue? Gracias.
Buenas tardes. ¿Se puede cancelar una cuenta corriente que tiene tres titulares aunque uno de ellos se niegue? Gracias.
No, no es posible, si hay tres titulares para cancelar hace falta la firma de los tres
Ponte en el lugar de ser el que no quieres y lo entenderás.
Saludos
Pero podéis dividir el dinero que haya allí entre 3 y quitaros de titulares y que se quede él solo con la cuenta ¿no?
Si se niega, pues que se niegue, pero que se quede él solo como titular. Los demás, solicitad la baja o renuncia a esa cuenta, a ver que os dicen. Porque si no hay una causa justificada, no os pueden obligar a permanecer en un contrato contra vuestra voluntad.
Lee el comentario 12 y el 15 de este hilo
S2
Yo pienso igual que Seldon y Maltijo. El que se niegue, que se quede como único titular, pero no es justo que los otros dos tengan que asumir los gastos que conlleva el tener la cuenta abierta y las posibles responsabilidades fiscales que pueda tener (es una cuenta indistinta y cada uno podría utilizarla como quisiera).
Pero la contestación de Jexs71, que creo que trabaja en un banco, me descoloca.
La respuesta de Jrm10 también es correcta.
De la Memoria del Servicio de Reclamaciones del BdE:
Por lo que se refiere a la posibilidad de que una cuenta corriente o de ahorro abierta a nombre de más de una persona sea cancelada por uno solo de sus titulares, este Servicio se ha pronunciado, en numerosas ocasiones, en el sentido de considerar que, al igual que para que nazca una relación jurídica es necesario que concurra el consentimiento de todos los titulares, adquiriendo también todos ellos los correspondientes derechos y obligaciones, para la cancelación de la misma se estima igualmente necesario que concurra el consentimiento de todos ellos, salvo que se acredite la existencia de pactos o condiciones en otro sentido.
De este modo, el régimen solidario de titularidad faculta a los titulares para disponer de los fondos a su exclusivo criterio, incluso de la totalidad del saldo existente (en las cuentas a la vista la ausencia de saldo no supone la cancelación). Pero, a menos que existan pactos específicos que añadan a dicha facultad la de cancelación unilateral, esta requerirá, como se ha indicado, la concurrencia de la voluntad de todos los titulares
S2
Si hay una negativa completa a cancelar la cuenta, entonces solo queda la via judicial.
Hay que ir al juzgado y presentar una demanda de cancelación de relación conjunta de la cuenta. Es en este punto donde el juez dictamina las razones de la separación y donde se debe acreditar la buena o mala fe del tercero en discordia.
Entretanto, se puede pedir al juez un auto de bloqueo de la cuenta, para que la misma no pueda ser utilizada por la tercera persona.
Saludos,