En contra de la propuesta de Convenio
En este caso hay dos opciones:
OPCIÓN A: NO EXISTEN INDICIOS SUFICIENTES DE DELITO DE ESTAFA, INSOLVENCIA PUNIBLE, …
En este caso no se permitirá a la antigua dirección de la empresa desarrollar su propuesta de convenio. A mi, particularmente, me parecería escandaloso en caso contrario.
OPCIÓN B: NO EXISTEN INDICIOS SUFICIENTES
La empresa deberá continuar desarrollando su actividad de forma normal. El Estado se haría responsable de los posibles daños causados al patrimonio de la misma.
En la OPCIÓN A, el Estado sólo sería responsable por su posible falta de control, ya que no puso en marcha los mecanismos más adecuados de supervisión de su actividad. Se liquidaría la empresa y los clientes recuperaríamos lo que buenamente nos correspondiese. En este caso yo no me haría muchas ilusiones.
En la OPCIÓN B, la empresa debería continuar con su actividad y el Estado sería responsable del posible perjuicio creado a esta y a sus clientes.
Esa es mi opinión, O SON CULPABLES O NO LO SON.
Un saludo.