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Por si las dudas...

7 respuestas
Por si las dudas...
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#1

Por si las dudas...

Adjunto un link que estoy seguro de que os vendrá estupendamente. Ahora necesito que por favor alguien entendido en el tema me explique si es verdad que para el juzgado de lo mercantil Agosto es un mes inhábil...¿Puede producirse la publicación en el BOE del concurso de Fórum y Afinsa? En caso afirmativo ¿el mes de Agosto contaría para presentarse en el concurso?

http://www.hispacoop.es/

Gracias. Un saludo

#2

Re: Por si las dudas...

La reunion de la plataforma blanca de madrid en el palacio de Nuncio de Aranjuez hace unos dias se dijo lo siguiente:

Parece ser que en el mercantil No va ser inhabil Agosto, por lo que es muy urgente según Gil Robles que antes de 19 de Agosto llevemos copias de contratos simples y copia de DNI,y firmar en la notaria por lo del procurador,por lo tanto en breve nos dirán donde llevar documentación a la notaria para firmar y al mismo tiempo dejar documentación,no significa que en Agosto ocurra nada, quizas quede más tiempo ,pero según el bufett es mejor empezar cuanto antes por si acaso en Agosto ocurriera algo y nos pillara a todos de vaciones,no debemos fiarnos de que Agosto es inhabil por si acaso,os digo lo que oí,se debatio la manera de avisar a todos los clientes y las dificulatades de hacerlo en Agosto(muchos no tienen internet,se hablo de llamar,cartas,sms en bloque,etc)...

#3

Re: Por si las dudas...

Yo creo que Agosto es inhábil, desde lo que yo sé. Los Juzgados de lo Mercantil están dentro de la jurisdicción civil y según la Ley de Enjuiciamiento Civil es inhábil.

Respecto a si pueden publicarlo ahora, como me imagino que te refieres a la publicación que ordena el auto que decreta el concurso necesario, para informar del proceso a todos los perjudicados, la publicación en el BOE suele tardar varios meses. Además, si la fecha de dicha publicación es la que se va a escoger como fecha base para contar el plazo, habría que saber si se ha publicado ya en los periódicos, si se ha dado traslado a todas las organizaciones...

Aún así, aunque se publicara, Agosto es inhábil.

Yo creo que se va a hacer el proceso con tranquilidad y con las debidas garantías para que quede constancia de todo, para que después no haya problemas, dada la gran repercusión e importancia del caso.

Un cordial saludo.

Txipiron.

#4

Re: Por si las dudas...

Evidentemente, si alguien considera que estoy equivocado, que lo diga, o si alguien tiene otra información o puede basarse en otra cosa...

Acabo de ver que ya dice otro forero que han dicho que no es inhábil... No sé en qué se basarán, pero bueno, informaros directamente con los abogados de las organizaciones o con los responsables de las organizaciones o con el propio Juzgado de lo Mercantil.

Un cordial salduo.

Txipiron.

#5

¿Qué organizaciones?

Txipiron, muchas gracias por explicarnos a todos tan detalladamente en otro mensaje que el plazo de interposición de la reclamación de responsabilidad previa contra la Administración prescribe al año de conocerse los hechos que la motivan, te pregunto ¿tú crees que las organizaciones del consejo de consumidores y usuarios del Ministerio están informando correctamente a la gente de la importancia de hacer esta reclamación previa para que no se pierda el derecho a reclamar por esta vía?

A mi me parece que si el asesoramiento que se está prestando desde estas asociaciones subvencionadas no es completo, se trataría de un asunto grave.

#7

Re: ¿qué organizaciones?

Pues no sé qué están diciendo exactamente en las organizaciones o asociaciones, pero desde luego para reclamar a una Administarción SIEMPRE es necesario interponer una reclamación administartiva previa. es uno de los privilegios que tiene la Administración.

Un saludo.

Txipiron.

#8

Existe un error... ver contenido

Existe un error respecto a la posibilidad de ejecución de una sentencia recaída en la jurisdicción contenciosa administrativa.

leer " respuestas de las cuestiones " del 2 de Agosto.

Un cordial saludo.

Txipiron.

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