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Y vosotros erre que erre

4 respuestas
Y vosotros erre que erre
Y vosotros erre que erre
#2

Re: Y vosotros erre que erre

Más claro, el agua.

El problema es que los desalmados intentan aprovecharse de los afectados que no tienen acceso a toda la información, y siguebn diciendo que "es solo para apollar", cuando en realidad es PARA TODO, INCLUSO PARA COBRAR.

sL2.

#3

Extractos del "presunto" documento para firmar

Por si alguien no lo ha leido pongo parte del famoso "documento" que "presuntamente" envian a las posibles víctimas para que vayan a firmar al notario, al final viene acompañado de las correpsondientes domiciliaciones para pagar las cuotas de la "fiesta".
Subrayo las jugadas más interesantes.

ESCRITURA DE PODER ESPECIAL PARA REPRESENTACION EN EL PROCESO CONCURSAL DE AFINSA BIENES TANGIBLES,.S.A., OTORGADA POR DON XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
En Madrid, a xx de xx de xx NOMBRE DEL NOTARIO, Notario del Ilustre Colegio de esta Capital, con vecindad y residencia en la misma, ---------------COMPARECE: DON NOMBRE DE PRIMER OTORGANTE, mayor de edad, casado y vecino de . INTERVIENE en su propio nombre y derecho. Tiene, a mi juicio, el señor compareciente, capacidad legal bastante y legitimación para formalizar la presente escritura de PODER, y al efecto, -----------------DISPONE: Que confiere poder, tan amplio y bastante como en Derecho sea necesario y de forma solidaria, a favor de (datos supongo de abogados del ala) por las disposiciones que al efecto se contengan en la legislación vigente, para que en la representación antedicha, ejerciten las siguientes facultades dentro del procedimiento concursal que se está tramitando de la empresa “AFINSA BIENES TANGIBLES, SA”: FACULTADES ESPECIALES: * Para actuar como administradores, y en su día liquidadores, proponer convenios, adherirse u oponerse a los que otras partes propongan, actuar como liquidadores, y pudiendo percibir en nombre de los mandantes cuantas cantidades se les reconozco de sus créditos.- * Se faculta expresamente para que indistintamente puedan percibir las indemnizaciones por las responsabilidades civiles que se obtengan a favor de los acreedores en los diversos procesos, para percibir la recuperación y reintegro de las inversiones realizadas, y cobrar los daños e indemnizaciones que se dicten a favor del poderdante. * Se faculta expresamente para que indistintamente puedan intervenir con voz y voto en Junta de Acreedores y para la aprobación del Convenio de que se trate, nombrar Síndicos y administradores, interventores y miembros de Tribunales colegiados. Reconocer y graduar créditos, cobrar estos e impugnar los actos y acuerdos, aceptar cargos y designar vocales de organismos de conciliación. --------------OTORGAMIENTO: Conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal, los contenidos en este documento son objeto de tal protección, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones legales pertinentes. Así lo dice y otorga el compareciente, a quien invito a leer por sí la presente escritura, como así lo efectúa, la encuentra conforme se ratifica en su contenido y la firma conmigo el Notario. ---------------AUTORIZACIÓN: De haberle identificado por su documento al principio reseñado…………………..

#4

Re: Extractos del "presunto" documento para firmar

Yo creo que cualquiera que sepa leer ve que ese documento no es solo para apollar creo que es evidente que quien firme eso les está dando todo el poder de representación.

Y hacer notar la mentira de los que dicen que es solo para apollar especialmente en el ultimo párrafo subrayado "intervenir con voz y voto en Junta de Acreedores y para la aprobación del Convenio de que se trate" no sé si lo leo mal, pero yo creo que "aprobación" es muy diferente de "presentación".

Repito una vez más para que los lebreles no aúllen, cada uno es muy libre de dar los poderes y representaciones que le dé la gana incluso de apoyar o adherirse al convenio que se le pase por las narices, pero si lo hace sea por que le convence, no por ser engañado, es repugnante que sigan mintiendo, y traten de aprovecharse de gente poco informada diciendoles que no pasa nada, que si luego no les gusta pueden votar en contra, cuando ya les estan haciendo delegar ese voto PARA LA APROBACION DEFINITIVA EN Junta de Acreedores.

#5

Ese poder permite perdonar la deuda y dejar a la gente sin nada

Con el contenido de ese poder, el apoderado, es decir, quien represente al "presunto estafado" puede directamente decir que se da por pagado con cualquier cosa, con sellos, con acciones de cualquier empresa... y NO PODRÍA RECLAMAR NADA.

pero, ¿alquien puede firmar ese poder o pedir a un familiar que firme ese poder a favor de gente que está al dictado de los de Afinsa?

Cada vez mienten más, debe haber mucha desesperación y muchas ganas de ir a la cárcel.