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Las nuevas normas de valoración establecen que habrá que actualizar el valor del leasing al cierre

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7 Anonimo
Anonimo
24 de Octubre de 2008 (23:04)

Las nuevas normas de valoración establecen que habrá que actualizar el valor del leasing al cierre del ejercicio, calculando las tablas de amortización en base al interés efectivo y no al ímplicito como hace el banco.

Me explico: El cuadro de amortización que nos aporta el banco se basa en el interés implícito (antes de ser revisado, según contrato semestral, anual, etc).

La contabilización correcta según la normativa sería tomando el cuadro de interés efectivo calcula mediante la fórmula:

Valor real del bien= cuota1/(1+ie) + cuota2/(1+ie)^2 + cuota3/(1+ie)^3 + cuota4/(1+ie)^4
Y así sucesivamente. Y una vez obtenido el interés efectivo hacemos el nuevo cuadro.

Y mi pregunta, desde una gran empresa, que aunque parezca mentira tenemos un pastel de dudas impresionante, es:

¿Estamos obligados a hacerlo así?

Por una parte tenemos las normas de valoración, pero por otra no menos importante tenemos el artículo que desarrolla la normativa del arrendamiento financiero en el cual nada dice de esto.

Agradecería comentarios al respecto.

Eduardo.

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